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  Economía  Consumo regulará la publicidad que apele al miedo o la ansiedad
Economía

Consumo regulará la publicidad que apele al miedo o la ansiedad

junio 26, 2025
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El Ministerio de Consumo regulará la conocida como «publicidad del miedo» a través de la Ley de Consumo Sostenible que se aprobará de forma inminente. Se trata de un tipo de publicidad que, usando mensajes manipuladores, explotan emociones como la ansiedad y el temor . Por esta razón, Consumo considera «esencial» una regulación que proteja a los consumidores ante este tipo de anuncios, evitando que puedan caer en la trampa al realizar compras motivadas por emociones viscerales .Este tipo de publicidad se basa en datos engañosos o que puedan generar en el consumidor una percepción errónea sobre el peligro o riesgo al que puede estar sometido si no adquiere un determinado producto. Es una publicidad que es comúnmente utilizada por empresas de seguridad y basa su efectividad en presentar escenarios extremos o improbables, como robos violentos o vulnerabilidades catastróficas , con el propósito de generar una sensación de urgencia o vulnerabilidad en las personas.Estos anuncios puede llevar a los consumidores a tomar decisiones precipitadas , desinformadas o basadas en el pánico, afectando así a su libertad de elección y a su bienestar psicológico. Esto es algo que el Ministerio de Consumo quiere combatir, para defender un entorno publicitario que sea responsable y para que la promoción de servicios se centre en ofrecer una información objetiva , destacando beneficios reales sin apelar a tácticas de manipulación emocional.Noticia Relacionada estandar Si El Parlamento Europeo defiende la gratuidad de la maleta de mano ante la pasividad de la UE Jaime Mejías La Asociación de Líneas Aéreas ha criticado la decisión, apelando a la «libertad de elección» de los pasajerosAdemás, este tipo de publicidad fomenta una «cultura del miedo» que afecta negativamente a la sociedad en su conjunto. Cuando las compañías recurren a estas prácticas, contribuyen a la percepción de que los entornos cotidianos son inherentemente peligrosos, lo que incrementa la desconfianza y la sensación de inseguridad generalizada. Esto no solo puede alterar la calidad de vida de las personas, sino también desviar recursos hacia servicios innecesarios o desproporcionados en relación con el riesgo real.Es por todo ello que el Ministerio que dirige Bustinduy defiende la necesidad de regular este tipo de prácticas, con el objetivo de garantizar un equilibrio en el mercado, promoviendo una comunicación ética que priorice la transparencia y el respeto por el consumidor, a la vez que refuerza una percepción más saludable y realista de la seguridad en la sociedad.En base a esto, y a través de la Ley de Consumo Sostenible , el Ministerio de Consumo modificará la Ley de Competencia Desleal para obligar a las empresas que hagan este tipo de comunicaciones comerciales a ofrecer información cuantitativa o estadística que permita a los consumidores hacer una valoración real del riesgo al que se expone si no adquiere el bien o el producto que se les ofrece.La Ley de Competencia Desleal ya prohíbe la publicidad en la que se incluya información falsa sobre el riesgo o peligro que puede sufrir un consumidor en caso de no adquirir un bien o servicio. Ahora, con modificación del Artículo 27.2, que hace referencia a ‘Otras prácticas engañosas’, este artículo se verá completado con el siguiente párrafo:«Cuando tales afirmaciones, aun siendo veraces, utilicen la exposición a un riesgo o peligro como argumento principal de persuasión comercial, deberán incorporar, en condiciones de adecuada visibilidad, adaptado al medio en el que se realice la comunicación, información complementaria de carácter cuantitativo o estadístico que permita al consumidor o usuario valorar su frecuencia, impacto relativo o proporción.» El Ministerio de Consumo regulará la conocida como «publicidad del miedo» a través de la Ley de Consumo Sostenible que se aprobará de forma inminente. Se trata de un tipo de publicidad que, usando mensajes manipuladores, explotan emociones como la ansiedad y el temor . Por esta razón, Consumo considera «esencial» una regulación que proteja a los consumidores ante este tipo de anuncios, evitando que puedan caer en la trampa al realizar compras motivadas por emociones viscerales .Este tipo de publicidad se basa en datos engañosos o que puedan generar en el consumidor una percepción errónea sobre el peligro o riesgo al que puede estar sometido si no adquiere un determinado producto. Es una publicidad que es comúnmente utilizada por empresas de seguridad y basa su efectividad en presentar escenarios extremos o improbables, como robos violentos o vulnerabilidades catastróficas , con el propósito de generar una sensación de urgencia o vulnerabilidad en las personas.Estos anuncios puede llevar a los consumidores a tomar decisiones precipitadas , desinformadas o basadas en el pánico, afectando así a su libertad de elección y a su bienestar psicológico. Esto es algo que el Ministerio de Consumo quiere combatir, para defender un entorno publicitario que sea responsable y para que la promoción de servicios se centre en ofrecer una información objetiva , destacando beneficios reales sin apelar a tácticas de manipulación emocional.Noticia Relacionada estandar Si El Parlamento Europeo defiende la gratuidad de la maleta de mano ante la pasividad de la UE Jaime Mejías La Asociación de Líneas Aéreas ha criticado la decisión, apelando a la «libertad de elección» de los pasajerosAdemás, este tipo de publicidad fomenta una «cultura del miedo» que afecta negativamente a la sociedad en su conjunto. Cuando las compañías recurren a estas prácticas, contribuyen a la percepción de que los entornos cotidianos son inherentemente peligrosos, lo que incrementa la desconfianza y la sensación de inseguridad generalizada. Esto no solo puede alterar la calidad de vida de las personas, sino también desviar recursos hacia servicios innecesarios o desproporcionados en relación con el riesgo real.Es por todo ello que el Ministerio que dirige Bustinduy defiende la necesidad de regular este tipo de prácticas, con el objetivo de garantizar un equilibrio en el mercado, promoviendo una comunicación ética que priorice la transparencia y el respeto por el consumidor, a la vez que refuerza una percepción más saludable y realista de la seguridad en la sociedad.En base a esto, y a través de la Ley de Consumo Sostenible , el Ministerio de Consumo modificará la Ley de Competencia Desleal para obligar a las empresas que hagan este tipo de comunicaciones comerciales a ofrecer información cuantitativa o estadística que permita a los consumidores hacer una valoración real del riesgo al que se expone si no adquiere el bien o el producto que se les ofrece.La Ley de Competencia Desleal ya prohíbe la publicidad en la que se incluya información falsa sobre el riesgo o peligro que puede sufrir un consumidor en caso de no adquirir un bien o servicio. Ahora, con modificación del Artículo 27.2, que hace referencia a ‘Otras prácticas engañosas’, este artículo se verá completado con el siguiente párrafo:«Cuando tales afirmaciones, aun siendo veraces, utilicen la exposición a un riesgo o peligro como argumento principal de persuasión comercial, deberán incorporar, en condiciones de adecuada visibilidad, adaptado al medio en el que se realice la comunicación, información complementaria de carácter cuantitativo o estadístico que permita al consumidor o usuario valorar su frecuencia, impacto relativo o proporción.»  

El departamento encabezado por Pablo Bustinduy lo hará a través de la Ley de Consumo Sostenible, que buscará prohibir la publicidad que apele a emociones negativas

El Ministro de Consumo, Pablo Bustinduy JAIME GARCÍA

El Ministerio de Consumo regulará la conocida como «publicidad del miedo» a través de la Ley de Consumo Sostenible que se aprobará de forma inminente. Se trata de un tipo de publicidad que, usando mensajes manipuladores, explotan emociones como la ansiedad y … el temor. Por esta razón, Consumo considera «esencial» una regulación que proteja a los consumidores ante este tipo de anuncios, evitando que puedan caer en la trampa al realizar compras motivadas por emociones viscerales.

Este tipo de publicidad se basa en datos engañosos o que puedan generar en el consumidor una percepción errónea sobre el peligro o riesgo al que puede estar sometido si no adquiere un determinado producto. Es una publicidad que es comúnmente utilizada por empresas de seguridad y basa su efectividad en presentar escenarios extremos o improbables, como robos violentos o vulnerabilidades catastróficas, con el propósito de generar una sensación de urgencia o vulnerabilidad en las personas.

Estos anuncios puede llevar a los consumidores a tomar decisiones precipitadas, desinformadas o basadas en el pánico, afectando así a su libertad de elección y a su bienestar psicológico. Esto es algo que el Ministerio de Consumo quiere combatir, para defender un entorno publicitario que sea responsable y para que la promoción de servicios se centre en ofrecer una información objetiva, destacando beneficios reales sin apelar a tácticas de manipulación emocional.

Además, este tipo de publicidad fomenta una «cultura del miedo» que afecta negativamente a la sociedad en su conjunto. Cuando las compañías recurren a estas prácticas, contribuyen a la percepción de que los entornos cotidianos son inherentemente peligrosos, lo que incrementa la desconfianza y la sensación de inseguridad generalizada. Esto no solo puede alterar la calidad de vida de las personas, sino también desviar recursos hacia servicios innecesarios o desproporcionados en relación con el riesgo real.

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Es por todo ello que el Ministerio que dirige Bustinduy defiende la necesidad de regular este tipo de prácticas, con el objetivo de garantizar un equilibrio en el mercado, promoviendo una comunicación ética que priorice la transparencia y el respeto por el consumidor, a la vez que refuerza una percepción más saludable y realista de la seguridad en la sociedad.

En base a esto, y a través de la Ley de Consumo Sostenible, el Ministerio de Consumo modificará la Ley de Competencia Desleal para obligar a las empresas que hagan este tipo de comunicaciones comerciales a ofrecer información cuantitativa o estadística que permita a los consumidores hacer una valoración real del riesgo al que se expone si no adquiere el bien o el producto que se les ofrece.

La Ley de Competencia Desleal ya prohíbe la publicidad en la que se incluya información falsa sobre el riesgo o peligro que puede sufrir un consumidor en caso de no adquirir un bien o servicio. Ahora, con modificación del Artículo 27.2, que hace referencia a ‘Otras prácticas engañosas’, este artículo se verá completado con el siguiente párrafo:

«Cuando tales afirmaciones, aun siendo veraces, utilicen la exposición a un riesgo o peligro como argumento principal de persuasión comercial, deberán incorporar, en condiciones de adecuada visibilidad, adaptado al medio en el que se realice la comunicación, información complementaria de carácter cuantitativo o estadístico que permita al consumidor o usuario valorar su frecuencia, impacto relativo o proporción.»

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