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  Sociedad  La Audiencia Nacional absuelve a Ana Duato de todos los delitos fiscales en el caso Nummaria
Sociedad

La Audiencia Nacional absuelve a Ana Duato de todos los delitos fiscales en el caso Nummaria

julio 7, 2025
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La Audiencia Nacional ha absuelto a la actriz Ana Duato -conocida por su papel de Merche en la serie ‘Cuéntame’- y a su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeu, de los delitos fiscales por los que fueron juzgados en 2024, mientras que condena a dos años y dos meses al actor Imanol Arias, y a 80 años de cárcel al principal encausado, el asesor fiscal y contable Fernando Peña por el caso Nummaria.La sentencia de la Sección Segunda considera que los actores usaron las estructuras diseñadas por Peña entre 2010 y 2016 a través del despacho Nummaria, pero de Duato especifica que si bien «acudió a un despacho de profesionales expertos en temas tributarios», esto «puede calificarse como una acción socialmente adecuada» y aunque no la excluye de responsabilidad no está acreditado que la actriz actuara con dolo «más allá de toda duda razonable».La Sala explica, además, que la actriz debe ser absuelta dado que considera que «no concurre acreditación suficiente de que conocía que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario». Cabe recordar que la Fiscalía solicitaba para ella 16 años de cárcel por cinco delitos fiscales.Los magistrados suman que Duato «no dejó de tributar por la totalidad de sus ingresos, sino que declaró una parte como renta vitalicia», y añade el tribunal que no comparte la interpretación del fiscal del caso que sostenía que el delito se consuma en el momento de finalización del plazo para presentar la declaración IRPF.Explica el tribunal que puede resultar compatible considerar que la acusada «creyera que su asesor fiscal había realizado una operación legítima en el ámbito de una economía de opción; y sin que ello pueda conducir necesariamente a concluir que Duato fuera consciente de que se había acudido a un sistema de simulación negocial que distorsionaba la realidad del hecho imponible».Y concluye que «esta duda legítima sobre el conocimiento de una posible maniobra defraudatoria ha de ser interpretada en favor de la persona acusada». Para la Sala, esta conclusión se fortalece si se tiene en cuenta que no se ha acreditado que Duato tenga conocimientos empresariales superiores a los de un ciudadano medio. «No se ha acreditado que Ana Duato sea una empresaria, sino que se trata de una actriz. Pese a que pueda figurar como formando parte de determinadas sociedades, no se ha acreditado que realizara funciones propias de un empresario. En definitiva, no se ha probado que la acusada tenga unos conocimientos empresariales superiores a los de un ciudadano medio».El pacto de Imanol AriasLa condena a Arias deriva de que en el mismo día de arranque del juicio en la Audiencia Nacional llegó a un acuerdo de conformidad con el Ministerio Público por el que aceptaba haber cometido hasta cinco delitos fiscales. Así, aceptó dos años y dos meses de cárcel. La Sala indica en la sentencia que en su caso concurre la atenuante de reparación del daño, de confesión de los hechos y de dilaciones indebidas.El tribunal, condena al actor además a abonar una indemnización a la Hacienda Pública de 2,2 millones de euros, solidariamente con el principal investigado, si bien parte o la totalidad de la misma ya ha sido resarcida de acuerdo a la conformidad alcanzada. No hubo organización criminalPor otro lado, la sentencia que absuelve de todos los delitos a una veintena de encausados -incluidos los trabajadores del despacho-, también indica que no existió una organización criminal al considerar que el despacho Nummaria no se creó con un fin delictivo, sino para la realización del asesoramiento jurídico principalmente en el ámbito tributario y contable.Sí condena por delitos fiscales a penas que alcanzan en algún caso los ocho años de prisión a otros ocho acusados que habían llegado a un pacto con el Ministerio Público. La Audiencia Nacional ha absuelto a la actriz Ana Duato -conocida por su papel de Merche en la serie ‘Cuéntame’- y a su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeu, de los delitos fiscales por los que fueron juzgados en 2024, mientras que condena a dos años y dos meses al actor Imanol Arias, y a 80 años de cárcel al principal encausado, el asesor fiscal y contable Fernando Peña por el caso Nummaria.La sentencia de la Sección Segunda considera que los actores usaron las estructuras diseñadas por Peña entre 2010 y 2016 a través del despacho Nummaria, pero de Duato especifica que si bien «acudió a un despacho de profesionales expertos en temas tributarios», esto «puede calificarse como una acción socialmente adecuada» y aunque no la excluye de responsabilidad no está acreditado que la actriz actuara con dolo «más allá de toda duda razonable».La Sala explica, además, que la actriz debe ser absuelta dado que considera que «no concurre acreditación suficiente de que conocía que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario». Cabe recordar que la Fiscalía solicitaba para ella 16 años de cárcel por cinco delitos fiscales.Los magistrados suman que Duato «no dejó de tributar por la totalidad de sus ingresos, sino que declaró una parte como renta vitalicia», y añade el tribunal que no comparte la interpretación del fiscal del caso que sostenía que el delito se consuma en el momento de finalización del plazo para presentar la declaración IRPF.Explica el tribunal que puede resultar compatible considerar que la acusada «creyera que su asesor fiscal había realizado una operación legítima en el ámbito de una economía de opción; y sin que ello pueda conducir necesariamente a concluir que Duato fuera consciente de que se había acudido a un sistema de simulación negocial que distorsionaba la realidad del hecho imponible».Y concluye que «esta duda legítima sobre el conocimiento de una posible maniobra defraudatoria ha de ser interpretada en favor de la persona acusada». Para la Sala, esta conclusión se fortalece si se tiene en cuenta que no se ha acreditado que Duato tenga conocimientos empresariales superiores a los de un ciudadano medio. «No se ha acreditado que Ana Duato sea una empresaria, sino que se trata de una actriz. Pese a que pueda figurar como formando parte de determinadas sociedades, no se ha acreditado que realizara funciones propias de un empresario. En definitiva, no se ha probado que la acusada tenga unos conocimientos empresariales superiores a los de un ciudadano medio».El pacto de Imanol AriasLa condena a Arias deriva de que en el mismo día de arranque del juicio en la Audiencia Nacional llegó a un acuerdo de conformidad con el Ministerio Público por el que aceptaba haber cometido hasta cinco delitos fiscales. Así, aceptó dos años y dos meses de cárcel. La Sala indica en la sentencia que en su caso concurre la atenuante de reparación del daño, de confesión de los hechos y de dilaciones indebidas.El tribunal, condena al actor además a abonar una indemnización a la Hacienda Pública de 2,2 millones de euros, solidariamente con el principal investigado, si bien parte o la totalidad de la misma ya ha sido resarcida de acuerdo a la conformidad alcanzada. No hubo organización criminalPor otro lado, la sentencia que absuelve de todos los delitos a una veintena de encausados -incluidos los trabajadores del despacho-, también indica que no existió una organización criminal al considerar que el despacho Nummaria no se creó con un fin delictivo, sino para la realización del asesoramiento jurídico principalmente en el ámbito tributario y contable.Sí condena por delitos fiscales a penas que alcanzan en algún caso los ocho años de prisión a otros ocho acusados que habían llegado a un pacto con el Ministerio Público.  

Condena a 80 años de cárcel al asesor fiscal Fernando Peña y a dos años y dos meses a Imanol Arias, que pactó previamente esa condena con Fiscalía

La Audiencia Nacional ha absuelto a la actriz Ana Duato -conocida por su papel de Merche en la serie ‘Cuéntame’- y a su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeu, de los delitos fiscales por los que fueron juzgados en 2024, mientras que condena a dos años y dos meses al actor Imanol Arias, y a 80 años de cárcel al principal encausado, el asesor fiscal y contable Fernando Peña por el caso Nummaria.

La sentencia de la Sección Segunda considera que los actores usaron las estructuras diseñadas por Peña entre 2010 y 2016 a través del despacho Nummaria, pero de Duato especifica que si bien «acudió a un despacho de profesionales expertos en temas tributarios», esto «puede calificarse como una acción socialmente adecuada» y aunque no la excluye de responsabilidad no está acreditado que la actriz actuara con dolo «más allá de toda duda razonable».

La Sala explica, además, que la actriz debe ser absuelta dado que considera que «no concurre acreditación suficiente de que conocía que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario». Cabe recordar que la Fiscalía solicitaba para ella 16 años de cárcel por cinco delitos fiscales.

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Los magistrados suman que Duato «no dejó de tributar por la totalidad de sus ingresos, sino que declaró una parte como renta vitalicia», y añade el tribunal que no comparte la interpretación del fiscal del caso que sostenía que el delito se consuma en el momento de finalización del plazo para presentar la declaración IRPF.

Explica el tribunal que puede resultar compatible considerar que la acusada «creyera que su asesor fiscal había realizado una operación legítima en el ámbito de una economía de opción; y sin que ello pueda conducir necesariamente a concluir que Duato fuera consciente de que se había acudido a un sistema de simulación negocial que distorsionaba la realidad del hecho imponible».

Y concluye que «esta duda legítima sobre el conocimiento de una posible maniobra defraudatoria ha de ser interpretada en favor de la persona acusada». Para la Sala, esta conclusión se fortalece si se tiene en cuenta que no se ha acreditado que Duato tenga conocimientos empresariales superiores a los de un ciudadano medio.

«No se ha acreditado que Ana Duato sea una empresaria, sino que se trata de una actriz. Pese a que pueda figurar como formando parte de determinadas sociedades, no se ha acreditado que realizara funciones propias de un empresario. En definitiva, no se ha probado que la acusada tenga unos conocimientos empresariales superiores a los de un ciudadano medio».

El pacto de Imanol Arias

La condena a Arias deriva de que en el mismo día de arranque del juicio en la Audiencia Nacional llegó a un acuerdo de conformidad con el Ministerio Público por el que aceptaba haber cometido hasta cinco delitos fiscales. Así, aceptó dos años y dos meses de cárcel. La Sala indica en la sentencia que en su caso concurre la atenuante de reparación del daño, de confesión de los hechos y de dilaciones indebidas.

El tribunal, condena al actor además a abonar una indemnización a la Hacienda Pública de 2,2 millones de euros, solidariamente con el principal investigado, si bien parte o la totalidad de la misma ya ha sido resarcida de acuerdo a la conformidad alcanzada.

No hubo organización criminal

Por otro lado, la sentencia que absuelve de todos los delitos a una veintena de encausados -incluidos los trabajadores del despacho-, también indica que no existió una organización criminal al considerar que el despacho Nummaria no se creó con un fin delictivo, sino para la realización del asesoramiento jurídico principalmente en el ámbito tributario y contable.

Sí condena por delitos fiscales a penas que alcanzan en algún caso los ocho años de prisión a otros ocho acusados que habían llegado a un pacto con el Ministerio Público.

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