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  Sociedad  La Audiencia Nacional deja en libertad provisional al cerebro del ‘caso Nummaria’, condenado a 80 años de cárcel
Sociedad

La Audiencia Nacional deja en libertad provisional al cerebro del ‘caso Nummaria’, condenado a 80 años de cárcel

julio 10, 2025
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dejado en libertad al cerebro del ‘caso Nummaria’, Fernando Peña, condenado a 80 años de cárcel por los delitos fiscales cometidos a través del despacho Nummaria.En un auto, recogido por Europa Press, la Sala acuerda la libertad pero le obliga a comparecer los días 5 y 20 de cada mes en el juzgado. Además, le retira el pasaporte y le prohíbe salir de España. Esta decisión llega después de que este mismo jueves se haya celebrado la vistilla prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que la Fiscalía Anticorrupción ha pedido su ingreso en prisión.Cabe recordar que, en virtud del mismo fallo que impuso 80 años de cárcel –con un máximo de 9 años de cumplimiento– a Peña, la AN condenó a dos años y dos meses de cárcel al actor Imanol Arias, mientras que absolvió a la también intérprete Ana Duato de todos los delitos de los que estaba acusada .Noticia Relacionada Ella, absuelta; Arias, condenado estandar No Ana Duato: «No es justo sufrir durante tantos años la presunción de culpabilidad» Javier Lillo La Audiencia Nacional ha considerado que no hay pruebas que acrediten los delitos de los que se acusaba a la actrizEn la sentencia, de 275 páginas, los magistrados han explicado que Fernando Peña canalizó los ingresos de su actividad negocial, que realizaba personalmente, a través de un grupo de sociedades, si bien la única finalidad de esta estructura era la de evitar la tributación de los ingresos generados por su actividad profesional y mantener oculto el patrimonio acumulado de los beneficios que ésta le generaba.La Sala ha examinado los importes de las declaraciones de IVA e IRPF presentados por Peña y ha considerado que «resultan incongruentes con la verdadera dimensión de la actividad profesional de asesor fiscal en el despacho Nummaria que oculta tras la estructura de sociedades citadas anteriormente; incongruentes, asimismo, con los ingresos anuales que él mismo declara obtener de su actividad ante la entidad Suiza U.B.S de 1.250.000 euros anuales y, también, resulta incongruente con el elevado patrimonio que titulariza a través de sociedades, tanto en España como en el extranjero».En concreto, indica la sentencia, con el uso de dicha estructura, Fernando Peña ha eludido sus obligaciones tributarias tanto en el IRPF como en el IVA. Las cuotas tributarias eludidas por Fernando Peña en los años 2010 a 2015 son en el IRPF cercanas a los diez millones de euros y de casi seis millones en el IVA.La Sala ha destacado, además, que con sus actuaciones Peña fue más allá del riesgo permitido ya que no solo realizó recomendaciones o consejos a sus clientes para conseguir una disminución de las cantidades a pagar en concepto de impuestos, sino que «también participa activamente en la aportación del entramado societario para la maquinación fraudulenta, dado que el señor Peña tiene el control de dicho entramado». En definitiva, según términos usados por el Tribunal Supremo, este acusado ha adquirido «auténtico protagonismo en los episodios clave» de la maquinación fraudulenta.La Audiencia Nacional le condenó a 32 años de cárcel por los delitos tributarios cometidos por su propia actuación de defraudación, así como por estafa procesal, falsedad en documento mercantil, insolvencia punible o frustración de la ejecución, mientras que le impuso otros 48 años como cooperador necesario de los delitos contra la Hacienda pública cometidos por los otros condenados. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dejado en libertad al cerebro del ‘caso Nummaria’, Fernando Peña, condenado a 80 años de cárcel por los delitos fiscales cometidos a través del despacho Nummaria.En un auto, recogido por Europa Press, la Sala acuerda la libertad pero le obliga a comparecer los días 5 y 20 de cada mes en el juzgado. Además, le retira el pasaporte y le prohíbe salir de España. Esta decisión llega después de que este mismo jueves se haya celebrado la vistilla prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que la Fiscalía Anticorrupción ha pedido su ingreso en prisión.Cabe recordar que, en virtud del mismo fallo que impuso 80 años de cárcel –con un máximo de 9 años de cumplimiento– a Peña, la AN condenó a dos años y dos meses de cárcel al actor Imanol Arias, mientras que absolvió a la también intérprete Ana Duato de todos los delitos de los que estaba acusada .Noticia Relacionada Ella, absuelta; Arias, condenado estandar No Ana Duato: «No es justo sufrir durante tantos años la presunción de culpabilidad» Javier Lillo La Audiencia Nacional ha considerado que no hay pruebas que acrediten los delitos de los que se acusaba a la actrizEn la sentencia, de 275 páginas, los magistrados han explicado que Fernando Peña canalizó los ingresos de su actividad negocial, que realizaba personalmente, a través de un grupo de sociedades, si bien la única finalidad de esta estructura era la de evitar la tributación de los ingresos generados por su actividad profesional y mantener oculto el patrimonio acumulado de los beneficios que ésta le generaba.La Sala ha examinado los importes de las declaraciones de IVA e IRPF presentados por Peña y ha considerado que «resultan incongruentes con la verdadera dimensión de la actividad profesional de asesor fiscal en el despacho Nummaria que oculta tras la estructura de sociedades citadas anteriormente; incongruentes, asimismo, con los ingresos anuales que él mismo declara obtener de su actividad ante la entidad Suiza U.B.S de 1.250.000 euros anuales y, también, resulta incongruente con el elevado patrimonio que titulariza a través de sociedades, tanto en España como en el extranjero».En concreto, indica la sentencia, con el uso de dicha estructura, Fernando Peña ha eludido sus obligaciones tributarias tanto en el IRPF como en el IVA. Las cuotas tributarias eludidas por Fernando Peña en los años 2010 a 2015 son en el IRPF cercanas a los diez millones de euros y de casi seis millones en el IVA.La Sala ha destacado, además, que con sus actuaciones Peña fue más allá del riesgo permitido ya que no solo realizó recomendaciones o consejos a sus clientes para conseguir una disminución de las cantidades a pagar en concepto de impuestos, sino que «también participa activamente en la aportación del entramado societario para la maquinación fraudulenta, dado que el señor Peña tiene el control de dicho entramado». En definitiva, según términos usados por el Tribunal Supremo, este acusado ha adquirido «auténtico protagonismo en los episodios clave» de la maquinación fraudulenta.La Audiencia Nacional le condenó a 32 años de cárcel por los delitos tributarios cometidos por su propia actuación de defraudación, así como por estafa procesal, falsedad en documento mercantil, insolvencia punible o frustración de la ejecución, mientras que le impuso otros 48 años como cooperador necesario de los delitos contra la Hacienda pública cometidos por los otros condenados.  

La Sala le obliga a comparecer los días 5 y 20 de cada mes en el juzgado, retirándole el pasaporte y prohibiéndole salir de España

El cerebro del ‘caso Nummaria’, Fernando Peña. Alejandro Martínez Vélez / Europa Press

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dejado en libertad al cerebro del ‘caso Nummaria’, Fernando Peña, condenado a 80 años de cárcel por los delitos fiscales cometidos a través del despacho Nummaria.

En un auto, recogido por Europa Press, la Sala acuerda la libertad pero le obliga a comparecer los días 5 y 20 de cada mes en el juzgado. Además, le retira el pasaporte y le prohíbe salir de España. Esta decisión llega después de que este mismo jueves se haya celebrado la vistilla prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que la Fiscalía Anticorrupción ha pedido su ingreso en prisión.

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Cabe recordar que, en virtud del mismo fallo que impuso 80 años de cárcel –con un máximo de 9 años de cumplimiento– a Peña, la AN condenó a dos años y dos meses de cárcel al actor Imanol Arias, mientras que absolvió a la también intérprete Ana Duato de todos los delitos de los que estaba acusada.

En la sentencia, de 275 páginas, los magistrados han explicado que Fernando Peña canalizó los ingresos de su actividad negocial, que realizaba personalmente, a través de un grupo de sociedades, si bien la única finalidad de esta estructura era la de evitar la tributación de los ingresos generados por su actividad profesional y mantener oculto el patrimonio acumulado de los beneficios que ésta le generaba.

La Sala ha examinado los importes de las declaraciones de IVA e IRPF presentados por Peña y ha considerado que «resultan incongruentes con la verdadera dimensión de la actividad profesional de asesor fiscal en el despacho Nummaria que oculta tras la estructura de sociedades citadas anteriormente; incongruentes, asimismo, con los ingresos anuales que él mismo declara obtener de su actividad ante la entidad Suiza U.B.S de 1.250.000 euros anuales y, también, resulta incongruente con el elevado patrimonio que titulariza a través de sociedades, tanto en España como en el extranjero».

En concreto, indica la sentencia, con el uso de dicha estructura, Fernando Peña ha eludido sus obligaciones tributarias tanto en el IRPF como en el IVA. Las cuotas tributarias eludidas por Fernando Peña en los años 2010 a 2015 son en el IRPF cercanas a los diez millones de euros y de casi seis millones en el IVA.

La Sala ha destacado, además, que con sus actuaciones Peña fue más allá del riesgo permitido ya que no solo realizó recomendaciones o consejos a sus clientes para conseguir una disminución de las cantidades a pagar en concepto de impuestos, sino que «también participa activamente en la aportación del entramado societario para la maquinación fraudulenta, dado que el señor Peña tiene el control de dicho entramado». En definitiva, según términos usados por el Tribunal Supremo, este acusado ha adquirido «auténtico protagonismo en los episodios clave» de la maquinación fraudulenta.

La Audiencia Nacional le condenó a 32 años de cárcel por los delitos tributarios cometidos por su propia actuación de defraudación, así como por estafa procesal, falsedad en documento mercantil, insolvencia punible o frustración de la ejecución, mientras que le impuso otros 48 años como cooperador necesario de los delitos contra la Hacienda pública cometidos por los otros condenados.

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