La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia que condenó a dos años y un mes de cárcel a Diego ‘El Cigala’ por malos tratos contra su expareja. La sentencia, del 30 de junio, desestima los dos recursos de apelación que habían presentado tanto la defensa del artista como la acusación por la decisión del Juzgado de los Penal de Jerez el pasado 17 de diciembre de 2024. La jueza condenó a Diego Ramón Jiménez Salazar, conocido como ‘El Cigala’, de un primer delito de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer, en relación a una agresión cometida a su ex en un hotel de Jerez. Por ello le impuso seis meses de prisión y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de ella por un plazo de dos años. TE RECOMENDAMOs estandar No José Luis Martínez Almeida y Teresa Urquijo, a la espera del inminente nacimiento de su primer hijo Rocío F. de Buján estandar No Claudia Rodríguez, pareja del futbolista Marc Cucurella, habla del día a día de un hijo con autismo A.B. BuendíaSegún dicta la sentencia, asimismo condenó al artista por un segundo delito de malos tratos por una agresión contra su ex ocurrida en un hotel de Palafrugell (Girona). Por este le impuso ocho meses de cárcel y de nuevo la misma prohibición de comunicarse y aproximarse a ella en dos años. La juez también condenó a ‘El Cigala’ por un delito de malos tratos agravado , por la agresión cometida en la casa de Jerez en la que estaban conviviendo. En este caso fijó una pena de once meses de prisión, junto con la orden de alejamiento. La agravación de este último se aplica porque los hechos ocurrieron en presencia de los hijos en el domicilio familiar.Además, le condenó por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico y le impuso 25 días de localización permanente, siempre en domicilio diferente y alejado del de su expareja. Aunque en el juicio ‘El Cigala’ fue absuelto por la supuesta agresión ocurrida en el aeropuerto de Punta Cana, que habría ocurrido mientras su ex estaba con su hijo en brazos. La defensa del artista presentó el recurso al considerar que las pruebas no eran suficientemente sólidas y reclamaba la condena al considerarla excesiva. Pero en la nueva sentencia la Audiencia recuerda que las penas «están situadas cerca del mínimo legal». Además, señala que la defensa no ha presentado pruebas que contradigan las que la acusación ofreció en el juicio, por lo que no ha podido valorar más allá de lo que la jueza consideró en el fallo de diciembre. La jueza no se pronunció acerca de la indemnización de 3.000 euros solicitada por la víctima, concluyó que la mujer « no presenta sintomatología psicológica ». Motivo por el cual la mujer habría presentado el recurso, pero la Audiencia confirma que las pruebas fueron analizadas correctamente por la magistrada, así que ya no hay posibilidad de interponer otro recurso. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia que condenó a dos años y un mes de cárcel a Diego ‘El Cigala’ por malos tratos contra su expareja. La sentencia, del 30 de junio, desestima los dos recursos de apelación que habían presentado tanto la defensa del artista como la acusación por la decisión del Juzgado de los Penal de Jerez el pasado 17 de diciembre de 2024. La jueza condenó a Diego Ramón Jiménez Salazar, conocido como ‘El Cigala’, de un primer delito de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer, en relación a una agresión cometida a su ex en un hotel de Jerez. Por ello le impuso seis meses de prisión y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de ella por un plazo de dos años. TE RECOMENDAMOs estandar No José Luis Martínez Almeida y Teresa Urquijo, a la espera del inminente nacimiento de su primer hijo Rocío F. de Buján estandar No Claudia Rodríguez, pareja del futbolista Marc Cucurella, habla del día a día de un hijo con autismo A.B. BuendíaSegún dicta la sentencia, asimismo condenó al artista por un segundo delito de malos tratos por una agresión contra su ex ocurrida en un hotel de Palafrugell (Girona). Por este le impuso ocho meses de cárcel y de nuevo la misma prohibición de comunicarse y aproximarse a ella en dos años. La juez también condenó a ‘El Cigala’ por un delito de malos tratos agravado , por la agresión cometida en la casa de Jerez en la que estaban conviviendo. En este caso fijó una pena de once meses de prisión, junto con la orden de alejamiento. La agravación de este último se aplica porque los hechos ocurrieron en presencia de los hijos en el domicilio familiar.Además, le condenó por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico y le impuso 25 días de localización permanente, siempre en domicilio diferente y alejado del de su expareja. Aunque en el juicio ‘El Cigala’ fue absuelto por la supuesta agresión ocurrida en el aeropuerto de Punta Cana, que habría ocurrido mientras su ex estaba con su hijo en brazos. La defensa del artista presentó el recurso al considerar que las pruebas no eran suficientemente sólidas y reclamaba la condena al considerarla excesiva. Pero en la nueva sentencia la Audiencia recuerda que las penas «están situadas cerca del mínimo legal». Además, señala que la defensa no ha presentado pruebas que contradigan las que la acusación ofreció en el juicio, por lo que no ha podido valorar más allá de lo que la jueza consideró en el fallo de diciembre. La jueza no se pronunció acerca de la indemnización de 3.000 euros solicitada por la víctima, concluyó que la mujer « no presenta sintomatología psicológica ». Motivo por el cual la mujer habría presentado el recurso, pero la Audiencia confirma que las pruebas fueron analizadas correctamente por la magistrada, así que ya no hay posibilidad de interponer otro recurso.
Confirma la sentencia de diciembre y desestima los recursos de apelación de la defensa del cantante y la acusación
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia que condenó a dos años y un mes de cárcel a Diego ‘El Cigala’ por malos tratos contra su expareja. La sentencia, del 30 de junio, desestima los dos recursos de apelación que habían presentado tanto la defensa del artista como la acusación por la decisión del Juzgado de los Penal de Jerez el pasado 17 de diciembre de 2024.
La jueza condenó a Diego Ramón Jiménez Salazar, conocido como ‘El Cigala’, de un primer delito de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer, en relación a una agresión cometida a su ex en un hotel de Jerez. Por ello le impuso seis meses de prisión y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de ella por un plazo de dos años.
Según dicta la sentencia, asimismo condenó al artista por un segundo delito de malos tratos por una agresión contra su ex ocurrida en un hotel de Palafrugell (Girona). Por este le impuso ocho meses de cárcel y de nuevo la misma prohibición de comunicarse y aproximarse a ella en dos años. La juez también condenó a ‘El Cigala’ por un delito de malos tratos agravado, por la agresión cometida en la casa de Jerez en la que estaban conviviendo. En este caso fijó una pena de once meses de prisión, junto con la orden de alejamiento. La agravación de este último se aplica porque los hechos ocurrieron en presencia de los hijos en el domicilio familiar.
Además, le condenó por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico y le impuso 25 días de localización permanente, siempre en domicilio diferente y alejado del de su expareja. Aunque en el juicio ‘El Cigala’ fue absuelto por la supuesta agresión ocurrida en el aeropuerto de Punta Cana, que habría ocurrido mientras su ex estaba con su hijo en brazos. La defensa del artista presentó el recurso al considerar que las pruebas no eran suficientemente sólidas y reclamaba la condena al considerarla excesiva. Pero en la nueva sentencia la Audiencia recuerda que las penas «están situadas cerca del mínimo legal». Además, señala que la defensa no ha presentado pruebas que contradigan las que la acusación ofreció en el juicio, por lo que no ha podido valorar más allá de lo que la jueza consideró en el fallo de diciembre.
La jueza no se pronunció acerca de la indemnización de 3.000 euros solicitada por la víctima, concluyó que la mujer «no presenta sintomatología psicológica». Motivo por el cual la mujer habría presentado el recurso, pero la Audiencia confirma que las pruebas fueron analizadas correctamente por la magistrada, así que ya no hay posibilidad de interponer otro recurso.
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