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  Nacional  La justicia normaliza las libertades condicionales para presos de ETA con seis en lo que va de año
Nacional

La justicia normaliza las libertades condicionales para presos de ETA con seis en lo que va de año

marzo 28, 2026
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El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha concedido la libertad condicional a seis presos de ETA en lo que va de año. Se trata de Iñaki Reta Frutos, Arkaitz Agote Cillero, Mikel Ayensa Laborda, Juan Manuel Inciarte Gallardo, Alicia Sáez de la Cuesta e Iratxe Yáñez Ortiz de Barrón, según la documentación judicial a la que ha tenido acceso EL PAÍS. Los cuatro primeros ya han sido excarcelados, mientras que las dos últimas lo harán en los próximos días. Desde 2019, la justicia ha aplicado esta medida a 59 reclusos de la organización terrorista, según un recuento realizado por este diario a partir de datos propios y de los recopilados en los últimos años por el Observatorio de Política Penitenciaria de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).

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 La Audiencia Nacional ha excarcelado desde 2019 a 59 reclusos de la organización terrorista mediante esta medida recogida en el Código Penal  

El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha concedido la libertad condicional a seis presos de ETA en lo que va de año. Se trata de Iñaki Reta Frutos, Arkaitz Agote Cillero, Mikel Ayensa Laborda, Juan Manuel Inciarte Gallardo, Alicia Sáez de la Cuesta e Iratxe Yáñez Ortiz de Barrón, según la documentación judicial a la que ha tenido acceso EL PAÍS. Los cuatro primeros ya han sido excarcelados, mientras que las dos últimas lo harán en los próximos días. Desde 2019, la justicia ha aplicado esta medida a 59 reclusos de la organización terrorista, según un recuento realizado por este diario a partir de datos propios y de los recopilados en los últimos años por el Observatorio de Política Penitenciaria de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).

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En la actualidad, y a falta de la salida de prisión de Sáez de la Cuesta y Yáñez, 123 presos de la organización terrorista permanecen en prisión, la mitad en alguno de los regímenes de semilibertad que contempla la legislación. De ellos, 118 lo hacen en cárceles de Euskadi, tres en la de Pamplona y dos en presidios franceses, según los datos recopilados en las distintas administraciones. Cuando ETA anunció su disolución en 2018, había 243 reclusos de la banda armada.

Para que un preso pueda acceder a la libertad condicional, contemplada en el artículo 90 del Código Penal y que solo puede ser concedida por un juez, debe cumplir tres condiciones: estar clasificado en tercer grado penitenciario o semilibertad, haber extinguido tres cuartas partes de la pena y observar buena conducta. En el caso de los etarras, en este último punto se incluye que hayan asumido su actividad delictiva, manifestado expresamente el rechazo a la violencia y haber pedido perdón expreso a las víctimas. Además, cuando salen a la calle, deben cumplir unas “reglas de conducta” que, en numerosos casos, incluyen restricciones para desplazarse fuera del lugar que fijen como residencia, la prohibición de participar en homenajes en favor de miembros de ETA o de acercarse al lugar en el que vivan las víctimas de sus atentados o sus familiares.

El primero de los cuatro presos etarra que accedió este año a libertad condicional fue Reta de Frutos, alias Zukaitz, al que en su momento se situó en la dirección de la banda como responsable del aparato logístico y que llevaba encarcelado cerca de 11 años entre Francia y España. El auto que lo excarceló, fechado el pasado 4 de febrero, recoge que la junta de tratamiento ―un órgano compuesto por profesionales penitenciarios― de la cárcel de Basauri (Bizkaia) donde cumplía condena en semilibertad desde marzo de 2025 había reflejado en sus informes que tenía “buena conducta” y “un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social”. Tras no oponerse la Fiscalía ―la única que podía hacerlo, ya que no había víctimas directas de sus actos y las asociaciones no pueden recurrir―, el magistrado acordó su salida de prisión.

El segundo fue Agote Cillero, detenido en 2007 y condenado a 25 años por delitos de estragos, colaboración con banda armada y tenencia de explosivos. Llevaba 19 años en prisión y desde noviembre de 2021 estaba clasificado en tercer grado. El juez dictó el auto por el que le concedía la libertad condicional el pasado 24 de febrero, dos meses después de haber cumplido el requisito de las tres cuartas partes de la pena cumplida. En su resolución, el magistrado destaca que Agote había escrito “de su puño y letra” en agosto de 2021 una carta de “repudio” al terrorismo. La Fiscalía tampoco se opuso a su excarcelación.

En el caso de Ayensa Laborda, condenado por los asesinatos del concejal de Unión del Pueblo Navarro (UPN) en Pamplona Tomás Caballero en mayo de 1998 y del subteniente del Ejército Francisco Casanova dos años más tarde, el juez acordó su libertad condicional el 6 de marzo. Ayensa ―cuyo hermano menor, Ibai, se había beneficiado de la misma medida en octubre pasado― llevaba en prisión 24 años del máximo de 30 que tiene que cumplir por aquellos crímenes. Había accedido a la semilibertad en mayo de 2024 y en octubre de ese mismo año pasó a cumplir la condena bajo control telemático, por lo que no tenía que acudir a prisión. En su auto, el magistrado destacaba que Ayensa había mostrado “su renuncia explícita a la actividad delictiva” en una carta manuscrita de marzo de 2024. La resolución le impone 16 reglas de comportamiento durante los seis años que le restan para extinguir la condena.

También en libertad se encuentra ya Inciarte Gallardo, condenado a 39 años de prisión como integrante del comando Vizcaya que, en mayo de 1983, asesinó a dos policías nacionales y a la mujer embarazada de uno de ellos en un garaje de Bilbao. El etarra, que fue detenido en agosto de 2009 en el aeropuerto de Madrid después de que las autoridades de México, donde se ocultaba, lo expulsaran a España, había accedido en octubre de 2024 al tercer grado penitenciario bajo control telemático, por lo que no iba a prisión desde entonces.

En el caso de Sáez de la Cuesta, condenada a 30 años de cárcel por el asesinato a tiros del guardia civil Alfonso Parada en Vitoria en mayo de 1998, su excarcelación aún no se ha materializado a pesar de que el auto que le concede la libertad tiene fecha del 2 de marzo. La etarra cumplió las tres cuartas partes de la condena en septiembre de 2023 y llevaba desde diciembre de aquel año en semilibertad. En su auto, el juez Castro destaca que su pronóstico de reincidencia es “bajo” y que la psicóloga penitenciaria ha apreciado en ella “empatía hacia las víctimas”. También resalta que en sus escritos de arrepentimiento “se compromete a contribuir para que, en el futuro, hechos como aquellos por los que fue protagonista [atentados] no se repitan”.

Tampoco ha salido aún de prisión Yáñez, condenada a 20 años por depósito de armas, colaboración con banda armada y falsificación de documentos. En su resolución, del 3 de marzo, el juez incluye dos textos manuscritos de la reclusa en los que esta “asume su responsabilidad personal por su participación en ETA, manifiesta sentir el dolor de todas las personas que han sufrido las consecuencias de esta violencia y su deseo de mostrarles respeto, reconocimiento y empatía hacia su dolor”. También destaca que el informe psicológico sobre ella elaborado en la prisión de Zaballa (Álava) corrobora el contenido de estos escritos: “Se aprecia empatía hacia las víctimas, planteando la interna la necesidad de utilizar un lenguaje adecuado para no agravar la situación de las mismas y señalando que durante su condena ha pensado en ellas”.

 

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