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  Economía  Las empresas preparan una ola de demandas por las pérdidas del apagón
Economía

Las empresas preparan una ola de demandas por las pérdidas del apagón

mayo 3, 2025
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Red Eléctrica de España tiene encomendada por ley la función crítica de «garantizar la continuidad y seguridad del suministro eléctrico y la correcta coordinación del sistema de producción y transporte» de la energía eléctrica y, sin embargo, el presidente del Gobierno se descolgó el pasado martes con unas severas declaraciones que parecían imputar a los operadores privados la responsabilidad última del episodio que dejó a España sin suministro eléctrico durante entre cuatro y 18 horas entre el lunes y el martes.Más allá de los nunca descartables cálculos políticos, el posicionamiento de Pedro Sánchez abrió el abanico de las posibles responsabilidades por el evento, que en las primeras horas tras el incidente se concentraban de manera exclusiva en el gestor de la red controlado por la Sepi.Noticia Relacionada estandar Si Seis horas eternas de silencio en Moncloa desde el corte de luz Mariano Alonso Sánchez vive la crisis con viejos y muy nuevos colaboradores y enfrentando a las energéticasEl asunto está lejos de ser irrelevante. La determinación de las responsabilidades por el apagón será el factor crítico que determinará quién o quiénes se tendrán que hacer cargo de las indemnizaciones posiblemente millonarias, cuya exigencia las empresas afectadas ya han comenzado a tramitar con sus despachos de abogados o asesores legales de referencia.Alberto Dorrego, socio del departamento de Derecho Público del despacho Eversheds Sutherland, admite que ya han recibido consultas de afectados en relación a la posibilidad de reclamar la compensación de las pérdidas generadas por el apagón. «Lo primero que habrá que determinar es el origen del incidente, si se ha debido a un evento imprevisible o inevitable, lo que se identifica con una causa de fuerza mayor, o si por el contrario se ha debido a una avería o una negligencia». Si se tratara de este último caso, que es hacia donde parecen apuntar los indicios dosificados con cuentagotas por el Gobierno hasta la fecha, la puerta a la exigencia de indemnizaciones estaría abierta; si por el contrario el evento se hubiera originado por una causa de fuerza mayor el camino sería más complejo. Dorrego recuerda que las reclamaciones de responsabilidad patrimonial al Estado planteadas durante la pandemia se rechazaron de forma masiva precisamente por este factor, por tratarse de un evento imprevisible e inevitable.Manuel Lamela, socio fundador del despacho Acountax, que gestionó las reclamaciones de varios sectores contra el Estado por los daños ocasionados a miles de negocios por los decretos de restricción de la actividad y de la movilidad en la pandemia, advierte que los tribunales han sentado el principio controvertido de que ante casos de fuerza mayor los afectados tienen la obligación de soportar el daño .De confirmarse como parece que el apagón se debió a una falla del sistema y no a un factor exógeno, la ola de demandas está garantizada.La incierta implicación del EstadoLa pregunta es: ¿contra quién? «La respuesta jurídica es que hay que demandar al responsable real del daño producido , que no siempre es fácil de determinar porque en este tipo de casos no es extraño que haya varios responsables y hay que determinar qué parte le corresponde a cada uno», advierte Alberto Dorrego. «Por tanto hasta que no haya claridad sobre el origen del daño no habrá demandas», aclara.Hay, además, un puñado de factores que pueden influir en los procesos. Para empezar las compensaciones recibidas del seguro . Habrá empresas que tengan asegurada la contingencia de un apagón y reciban una indemnización del seguro que cubra sus daños. En esos casos serán probablemente las aseguradoras las que demandarán al responsable o responsables del incidente para recuperar lo abonado.Noticia Relacionada estandar No Las fábricas de automóviles recuperarán la actividad a lo largo del día tras el apagón masivo J. Bacorelle Tras recuperar la electricidad en las plantas, el mayor problema en este momento es reconfigurar los sistemas de producciónTambién cabe la posibilidad de que los afectados vayan contra su compañía eléctrica, como suministradora de energía, y que luego sean estas las que tengan que reclamar al responsable último del evento la posibles compensaciones que puedan tener que asumir en primera instancia.Lo que no está tan claro es si los afectados podrán invocar la responsabilidad patrimonial del Estado como posible responsable último del funcionamiento del sistema eléctrico. Para Julio González, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid, se trata de una cuestión de derecho privado, que en ningún caso implicará al Estado. «La responsabilidad es de derecho privado y no será del Estado. El sistema eléctrico está privatizado desde el año 1997 y ningún actor del sistema forma parte del sector público: ni en producción, ni en transporte, ni en distribución ni en comercialización». Otras fuentes consultadas no son tan taxativas y enfatizan que en el caso de que se determinara que la responsable es Red Eléctrica, dado que tiene encomendada por ley en exclusiva la gestión de la red podría entenderse que esa atribución legal y las limitaciones administrativas que se le imponen podrían alentar la existencia de una responsabilidad del Estado.Una causa millonariaSobre la mesa, indemnizaciones millonarias. CEOE estimó en 1.600 millones de euros el daño causado por el apagón al tejido empresarial, y aunque el Ministerio de Economía desafió el miércoles esa estimación con un cálculo propio que concluye que como mucho ese perjuicio será de 800 millones de euros se trata de cifras que puedan tensionar hasta el límite las cuentas de cualquiera al que se señale como responsable del apagón.Manuel Lamela recuerda que las compensaciones no se limitan al daño directo (maquinaria inutilizada, existencias perdidas, caída de facturación) sino también al lucro cesante, más difícil de acreditar pero existente. Red Eléctrica de España tiene encomendada por ley la función crítica de «garantizar la continuidad y seguridad del suministro eléctrico y la correcta coordinación del sistema de producción y transporte» de la energía eléctrica y, sin embargo, el presidente del Gobierno se descolgó el pasado martes con unas severas declaraciones que parecían imputar a los operadores privados la responsabilidad última del episodio que dejó a España sin suministro eléctrico durante entre cuatro y 18 horas entre el lunes y el martes.Más allá de los nunca descartables cálculos políticos, el posicionamiento de Pedro Sánchez abrió el abanico de las posibles responsabilidades por el evento, que en las primeras horas tras el incidente se concentraban de manera exclusiva en el gestor de la red controlado por la Sepi.Noticia Relacionada estandar Si Seis horas eternas de silencio en Moncloa desde el corte de luz Mariano Alonso Sánchez vive la crisis con viejos y muy nuevos colaboradores y enfrentando a las energéticasEl asunto está lejos de ser irrelevante. La determinación de las responsabilidades por el apagón será el factor crítico que determinará quién o quiénes se tendrán que hacer cargo de las indemnizaciones posiblemente millonarias, cuya exigencia las empresas afectadas ya han comenzado a tramitar con sus despachos de abogados o asesores legales de referencia.Alberto Dorrego, socio del departamento de Derecho Público del despacho Eversheds Sutherland, admite que ya han recibido consultas de afectados en relación a la posibilidad de reclamar la compensación de las pérdidas generadas por el apagón. «Lo primero que habrá que determinar es el origen del incidente, si se ha debido a un evento imprevisible o inevitable, lo que se identifica con una causa de fuerza mayor, o si por el contrario se ha debido a una avería o una negligencia». Si se tratara de este último caso, que es hacia donde parecen apuntar los indicios dosificados con cuentagotas por el Gobierno hasta la fecha, la puerta a la exigencia de indemnizaciones estaría abierta; si por el contrario el evento se hubiera originado por una causa de fuerza mayor el camino sería más complejo. Dorrego recuerda que las reclamaciones de responsabilidad patrimonial al Estado planteadas durante la pandemia se rechazaron de forma masiva precisamente por este factor, por tratarse de un evento imprevisible e inevitable.Manuel Lamela, socio fundador del despacho Acountax, que gestionó las reclamaciones de varios sectores contra el Estado por los daños ocasionados a miles de negocios por los decretos de restricción de la actividad y de la movilidad en la pandemia, advierte que los tribunales han sentado el principio controvertido de que ante casos de fuerza mayor los afectados tienen la obligación de soportar el daño .De confirmarse como parece que el apagón se debió a una falla del sistema y no a un factor exógeno, la ola de demandas está garantizada.La incierta implicación del EstadoLa pregunta es: ¿contra quién? «La respuesta jurídica es que hay que demandar al responsable real del daño producido , que no siempre es fácil de determinar porque en este tipo de casos no es extraño que haya varios responsables y hay que determinar qué parte le corresponde a cada uno», advierte Alberto Dorrego. «Por tanto hasta que no haya claridad sobre el origen del daño no habrá demandas», aclara.Hay, además, un puñado de factores que pueden influir en los procesos. Para empezar las compensaciones recibidas del seguro . Habrá empresas que tengan asegurada la contingencia de un apagón y reciban una indemnización del seguro que cubra sus daños. En esos casos serán probablemente las aseguradoras las que demandarán al responsable o responsables del incidente para recuperar lo abonado.Noticia Relacionada estandar No Las fábricas de automóviles recuperarán la actividad a lo largo del día tras el apagón masivo J. Bacorelle Tras recuperar la electricidad en las plantas, el mayor problema en este momento es reconfigurar los sistemas de producciónTambién cabe la posibilidad de que los afectados vayan contra su compañía eléctrica, como suministradora de energía, y que luego sean estas las que tengan que reclamar al responsable último del evento la posibles compensaciones que puedan tener que asumir en primera instancia.Lo que no está tan claro es si los afectados podrán invocar la responsabilidad patrimonial del Estado como posible responsable último del funcionamiento del sistema eléctrico. Para Julio González, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid, se trata de una cuestión de derecho privado, que en ningún caso implicará al Estado. «La responsabilidad es de derecho privado y no será del Estado. El sistema eléctrico está privatizado desde el año 1997 y ningún actor del sistema forma parte del sector público: ni en producción, ni en transporte, ni en distribución ni en comercialización». Otras fuentes consultadas no son tan taxativas y enfatizan que en el caso de que se determinara que la responsable es Red Eléctrica, dado que tiene encomendada por ley en exclusiva la gestión de la red podría entenderse que esa atribución legal y las limitaciones administrativas que se le imponen podrían alentar la existencia de una responsabilidad del Estado.Una causa millonariaSobre la mesa, indemnizaciones millonarias. CEOE estimó en 1.600 millones de euros el daño causado por el apagón al tejido empresarial, y aunque el Ministerio de Economía desafió el miércoles esa estimación con un cálculo propio que concluye que como mucho ese perjuicio será de 800 millones de euros se trata de cifras que puedan tensionar hasta el límite las cuentas de cualquiera al que se señale como responsable del apagón.Manuel Lamela recuerda que las compensaciones no se limitan al daño directo (maquinaria inutilizada, existencias perdidas, caída de facturación) sino también al lucro cesante, más difícil de acreditar pero existente.  

Red Eléctrica de España tiene encomendada por ley la función crítica de «garantizar la continuidad y seguridad del suministro eléctrico y la correcta coordinación del sistema de producción y transporte» de la energía eléctrica y, sin embargo, el presidente del Gobierno se descolgó el … pasado martes con unas severas declaraciones que parecían imputar a los operadores privados la responsabilidad última del episodio que dejó a España sin suministro eléctrico durante entre cuatro y 18 horas entre el lunes y el martes.

Más allá de los nunca descartables cálculos políticos, el posicionamiento de Pedro Sánchez abrió el abanico de las posibles responsabilidades por el evento, que en las primeras horas tras el incidente se concentraban de manera exclusiva en el gestor de la red controlado por la Sepi.

El asunto está lejos de ser irrelevante. La determinación de las responsabilidades por el apagón será el factor crítico que determinará quién o quiénes se tendrán que hacer cargo de las indemnizaciones posiblemente millonarias, cuya exigencia las empresas afectadas ya han comenzado a tramitar con sus despachos de abogados o asesores legales de referencia.

Alberto Dorrego, socio del departamento de Derecho Público del despacho Eversheds Sutherland, admite que ya han recibido consultas de afectados en relación a la posibilidad de reclamar la compensación de las pérdidas generadas por el apagón. «Lo primero que habrá que determinar es el origen del incidente, si se ha debido a un evento imprevisible o inevitable, lo que se identifica con una causa de fuerza mayor, o si por el contrario se ha debido a una avería o una negligencia». Si se tratara de este último caso, que es hacia donde parecen apuntar los indicios dosificados con cuentagotas por el Gobierno hasta la fecha, la puerta a la exigencia de indemnizaciones estaría abierta; si por el contrario el evento se hubiera originado por una causa de fuerza mayor el camino sería más complejo.

Dorrego recuerda que las reclamaciones de responsabilidad patrimonial al Estado planteadas durante la pandemia se rechazaron de forma masiva precisamente por este factor, por tratarse de un evento imprevisible e inevitable.

Manuel Lamela, socio fundador del despacho Acountax, que gestionó las reclamaciones de varios sectores contra el Estado por los daños ocasionados a miles de negocios por los decretos de restricción de la actividad y de la movilidad en la pandemia, advierte que los tribunales han sentado el principio controvertido de que ante casos de fuerza mayor los afectados tienen la obligación de soportar el daño.

De confirmarse como parece que el apagón se debió a una falla del sistema y no a un factor exógeno, la ola de demandas está garantizada.

La incierta implicación del Estado

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La pregunta es: ¿contra quién? «La respuesta jurídica es que hay que demandar al responsable real del daño producido, que no siempre es fácil de determinar porque en este tipo de casos no es extraño que haya varios responsables y hay que determinar qué parte le corresponde a cada uno», advierte Alberto Dorrego. «Por tanto hasta que no haya claridad sobre el origen del daño no habrá demandas», aclara.

Hay, además, un puñado de factores que pueden influir en los procesos. Para empezar las compensaciones recibidas del seguro. Habrá empresas que tengan asegurada la contingencia de un apagón y reciban una indemnización del seguro que cubra sus daños. En esos casos serán probablemente las aseguradoras las que demandarán al responsable o responsables del incidente para recuperar lo abonado.

También cabe la posibilidad de que los afectados vayan contra su compañía eléctrica, como suministradora de energía, y que luego sean estas las que tengan que reclamar al responsable último del evento la posibles compensaciones que puedan tener que asumir en primera instancia.

Lo que no está tan claro es si los afectados podrán invocar la responsabilidad patrimonial del Estado como posible responsable último del funcionamiento del sistema eléctrico. Para Julio González, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid, se trata de una cuestión de derecho privado, que en ningún caso implicará al Estado. «La responsabilidad es de derecho privado y no será del Estado. El sistema eléctrico está privatizado desde el año 1997 y ningún actor del sistema forma parte del sector público: ni en producción, ni en transporte, ni en distribución ni en comercialización».

Otras fuentes consultadas no son tan taxativas y enfatizan que en el caso de que se determinara que la responsable es Red Eléctrica, dado que tiene encomendada por ley en exclusiva la gestión de la red podría entenderse que esa atribución legal y las limitaciones administrativas que se le imponen podrían alentar la existencia de una responsabilidad del Estado.

Una causa millonaria

Sobre la mesa, indemnizaciones millonarias. CEOE estimó en 1.600 millones de euros el daño causado por el apagón al tejido empresarial, y aunque el Ministerio de Economía desafió el miércoles esa estimación con un cálculo propio que concluye que como mucho ese perjuicio será de 800 millones de euros se trata de cifras que puedan tensionar hasta el límite las cuentas de cualquiera al que se señale como responsable del apagón.

Manuel Lamela recuerda que las compensaciones no se limitan al daño directo (maquinaria inutilizada, existencias perdidas, caída de facturación) sino también al lucro cesante, más difícil de acreditar pero existente.

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