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  Economía  Las medidas para la viudedad, hijos enfermos y violencia de género, una a una
Economía

Las medidas para la viudedad, hijos enfermos y violencia de género, una a una

octubre 20, 2026
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El decreto aprobado por el Consejo de Ministros este martes incluye varias novedades en materia de prestaciones de la Seguridad Social referidas tanto a las pensiones de viudedad de parejas que no estén casadas ni sean de hecho; padres cuyos hijos tienen enfermedades graves; o mujeres que hayan sufrido violencia de género, a quienes se les amplía la posibilidad de percibir determinadas ayudas, tal y como ha anunciado el Gobierno. Estas son las medidas, y los requisitos, para acceder a cada una de ellas.Viudedad: demostrar la convivenciaLa medida que más ha llamado la atención de este decreto está relacionada con la pensión de viudedad. A partir de ahora, podrán cobrar esta prestación cuando fallezca uno de los miembros de la pareja aunque no estuviesen casado ni inscritos como pareja de hecho en los registros autonómicos. El mero hecho de que hayan tenido hijos en común será suficiente para acreditar esa situación siempre que hayan convivido al menos durante los dos últimos años. Hasta ahora, la ley exigía algunos requisitos concretos para este tipo de parejas como una convivencia estable y, en términos generales, la inscripción en un registro oficial o la formalización mediante un documento público (ante notario).A quienes se les haya denegado esta pensión en el caso de parejas de hecho, podrán volver a solicitarlo para que la Seguridad Social revise su caso en el próximo año.Prestación para hijos enfermosPara los padres que cuidan de menores con cáncer o enfermedades graves, la norma mejora la prestación para que los dos progenitores puedan recibirla de forma alternativa o simultánea. En casos de mayor vulnerabilidad, la prestación podrá mantenerse más allá de los 26 años cuando el afectado presente una dependencia de grado III o una discapacidad especialmente alta.La norma mejora también la protección de los huérfanos por violencia de género, elevando tanto las prestaciones contributivas, con un suelo de dos veces el salario mínimo interprofesional (SMI), como las no contributivas, que podrán alcanzar hasta dos veces el SMI.Violencia de géneroEn el caso de las víctimas de violencia de género, el decreto establece que tendrán una prestación del 60% de la base reguladora hasta el día 20 de la baja y del 75% a partir de entonces. La empresa abonará el salario el día de la baja, pero a partir de entonces, la Seguridad Social será la que abone la prestación.Prestación por actos terroristasEl decreto también mejora las pensiones extraordinarias derivadas de actos terroristas, de forma que ninguna de ellas podrá situarse por debajo del equivalente a dos salarios mínimos (actualmente 2.442 euros mensuales), cifra un 36% superior a la existente ahora.Nuevos límites para trabajos peligrososEl Gobierno también ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, la actualización de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales aplicable a la exposición de las personas trabajadoras a agentes cancerígenos, mutágenos, reprotóxicos y agentes químicos peligrosos a través de dos reales decretos.En el caso del amianto la nueva norma establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la protección de las personas trabajadoras contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición al amianto durante el trabajo, así como la prevención de tales riesgos. Por otra parte, se incorporan nuevos valores límite ambientales y biológicos para el plomo y sus compuestos inorgánicos y estableciendo valores límite de exposición profesional para los diisocianatos, de conformidad con la Directiva de la UE. El decreto aprobado por el Consejo de Ministros este martes incluye varias novedades en materia de prestaciones de la Seguridad Social referidas tanto a las pensiones de viudedad de parejas que no estén casadas ni sean de hecho; padres cuyos hijos tienen enfermedades graves; o mujeres que hayan sufrido violencia de género, a quienes se les amplía la posibilidad de percibir determinadas ayudas, tal y como ha anunciado el Gobierno. Estas son las medidas, y los requisitos, para acceder a cada una de ellas.Viudedad: demostrar la convivenciaLa medida que más ha llamado la atención de este decreto está relacionada con la pensión de viudedad. A partir de ahora, podrán cobrar esta prestación cuando fallezca uno de los miembros de la pareja aunque no estuviesen casado ni inscritos como pareja de hecho en los registros autonómicos. El mero hecho de que hayan tenido hijos en común será suficiente para acreditar esa situación siempre que hayan convivido al menos durante los dos últimos años. Hasta ahora, la ley exigía algunos requisitos concretos para este tipo de parejas como una convivencia estable y, en términos generales, la inscripción en un registro oficial o la formalización mediante un documento público (ante notario).A quienes se les haya denegado esta pensión en el caso de parejas de hecho, podrán volver a solicitarlo para que la Seguridad Social revise su caso en el próximo año.Prestación para hijos enfermosPara los padres que cuidan de menores con cáncer o enfermedades graves, la norma mejora la prestación para que los dos progenitores puedan recibirla de forma alternativa o simultánea. En casos de mayor vulnerabilidad, la prestación podrá mantenerse más allá de los 26 años cuando el afectado presente una dependencia de grado III o una discapacidad especialmente alta.La norma mejora también la protección de los huérfanos por violencia de género, elevando tanto las prestaciones contributivas, con un suelo de dos veces el salario mínimo interprofesional (SMI), como las no contributivas, que podrán alcanzar hasta dos veces el SMI.Violencia de géneroEn el caso de las víctimas de violencia de género, el decreto establece que tendrán una prestación del 60% de la base reguladora hasta el día 20 de la baja y del 75% a partir de entonces. La empresa abonará el salario el día de la baja, pero a partir de entonces, la Seguridad Social será la que abone la prestación.Prestación por actos terroristasEl decreto también mejora las pensiones extraordinarias derivadas de actos terroristas, de forma que ninguna de ellas podrá situarse por debajo del equivalente a dos salarios mínimos (actualmente 2.442 euros mensuales), cifra un 36% superior a la existente ahora.Nuevos límites para trabajos peligrososEl Gobierno también ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, la actualización de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales aplicable a la exposición de las personas trabajadoras a agentes cancerígenos, mutágenos, reprotóxicos y agentes químicos peligrosos a través de dos reales decretos.En el caso del amianto la nueva norma establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la protección de las personas trabajadoras contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición al amianto durante el trabajo, así como la prevención de tales riesgos. Por otra parte, se incorporan nuevos valores límite ambientales y biológicos para el plomo y sus compuestos inorgánicos y estableciendo valores límite de exposición profesional para los diisocianatos, de conformidad con la Directiva de la UE.  

El decreto aprobado por el Consejo de Ministros este martes incluye varias novedades en materia de prestaciones de la Seguridad Social referidas tanto a las pensiones de viudedad de parejas que no estén casadas ni sean de hecho; padres cuyos hijos tienen enfermedades graves; o … mujeres que hayan sufrido violencia de género, a quienes se les amplía la posibilidad de percibir determinadas ayudas, tal y como ha anunciado el Gobierno. Estas son las medidas, y los requisitos, para acceder a cada una de ellas.

Viudedad: demostrar la convivencia

La medida que más ha llamado la atención de este decreto está relacionada con la pensión de viudedad. A partir de ahora, podrán cobrar esta prestación cuando fallezca uno de los miembros de la pareja aunque no estuviesen casado ni inscritos como pareja de hecho en los registros autonómicos. El mero hecho de que hayan tenido hijos en común será suficiente para acreditar esa situación siempre que hayan convivido al menos durante los dos últimos años.

Hasta ahora, la ley exigía algunos requisitos concretos para este tipo de parejas como una convivencia estable y, en términos generales, la inscripción en un registro oficial o la formalización mediante un documento público (ante notario).

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A quienes se les haya denegado esta pensión en el caso de parejas de hecho, podrán volver a solicitarlo para que la Seguridad Social revise su caso en el próximo año.

Prestación para hijos enfermos

Para los padres que cuidan de menores con cáncer o enfermedades graves, la norma mejora la prestación para que los dos progenitores puedan recibirla de forma alternativa o simultánea. En casos de mayor vulnerabilidad, la prestación podrá mantenerse más allá de los 26 años cuando el afectado presente una dependencia de grado III o una discapacidad especialmente alta.

La norma mejora también la protección de los huérfanos por violencia de género, elevando tanto las prestaciones contributivas, con un suelo de dos veces el salario mínimo interprofesional (SMI), como las no contributivas, que podrán alcanzar hasta dos veces el SMI.

Violencia de género

En el caso de las víctimas de violencia de género, el decreto establece que tendrán una prestación del 60% de la base reguladora hasta el día 20 de la baja y del 75% a partir de entonces. La empresa abonará el salario el día de la baja, pero a partir de entonces, la Seguridad Social será la que abone la prestación.

Prestación por actos terroristas

El decreto también mejora las pensiones extraordinarias derivadas de actos terroristas, de forma que ninguna de ellas podrá situarse por debajo del equivalente a dos salarios mínimos (actualmente 2.442 euros mensuales), cifra un 36% superior a la existente ahora.

Nuevos límites para trabajos peligrosos

El Gobierno también ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, la actualización de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales aplicable a la exposición de las personas trabajadoras a agentes cancerígenos, mutágenos, reprotóxicos y agentes químicos peligrosos a través de dos reales decretos.

En el caso del amianto la nueva norma establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la protección de las personas trabajadoras contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición al amianto durante el trabajo, así como la prevención de tales riesgos. Por otra parte, se incorporan nuevos valores límite ambientales y biológicos para el plomo y sus compuestos inorgánicos y estableciendo valores límite de exposición profesional para los diisocianatos, de conformidad con la Directiva de la UE.

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