¿Existe un cauce dentro de nuestro ordenamiento jurídico para preservar el derecho al voto, el derecho fundamental que soporta el principio democrático? Esa era la gran pregunta que, a juicio de los magistrados progresistas del Tribunal Constitucional Ramón Sáez y Juan Carlos Campo, deberían haberse planteado sus 10 compañeros ante la demanda de amparo planteada por el Defensor del Pueblo frente a la suspensión del sufragio de 160.000 españoles en las próximas elecciones generales. Sin embargo, atendieron a un “formalismo” que evitó esa pregunta de fondo.
A juicio de los dos discrepantes, la mayoría se acogió a un “formalismo” para no debatir un caso “de los que marcan la historia” del tribunal de garantías
¿Existe un cauce dentro de nuestro ordenamiento jurídico para preservar el derecho al voto, el derecho fundamental que soporta el principio democrático? Esa era la gran pregunta que, a juicio de los magistrados progresistas del Tribunal Constitucional Ramón Sáez y Juan Carlos Campo, deberían haberse planteado sus 10 compañeros ante la demanda de amparo planteada por el Defensor del Pueblo frente a la suspensión del sufragio de 160.000 españoles en las próximas elecciones generales. Sin embargo, atendieron a un “formalismo” que evitó esa pregunta de fondo.
