La anulación parcial por parte del Tribunal Supremo de la ley que regulaba el Registro Único de Arrendamientos ha vuelto a situar en el centro del debate la normativa sobre el alquiler de corta duración en España. Durante un encuentro organizado por la Fundación Notariado en Madrid, los expertos señalaron los fallos de una norma que, según los ponentes, ha generado costes e irregularidades que incluso el Tribunal Supremo terminó considerado como contrarios a la normativa europea en mayo de este año.La presidenta del Consejo General del Notariado, Concepción Pilar Barrio del Olmo, ha señalado que «existe una hipertrofia administrativa» en este ámbito. También cuestiona que el Gobierno aprobara el decreto pese a las advertencias formuladas por el Consejo de Estado y sostiene que el procedimiento impuesto «ha generado litigiosidad» y ha limitado la libertad de los propietarios.El evento ha contado incluso con miembros del propio Tribunal Supremo, que han tenido la oportunidad de explicar los fallos de la ley. Diego Córdoba, magistrado del Alto Tribunal, ha explicado que la decisión de posicionarse en contra del registro único de arrendamientos se fundamentó en la falta de competencia estatal y en la creación de una duplicidad de registros que va en contra de la normativa europea y las competencias autonómicas en materia de vivienda y turismo.El reglamento de la UE no impide que las comunidades autónomas mantengan sus propios registros y el decreto aprobado por el Gobierno obligaba a inscribir las viviendas en el Registro de la Propiedad para poder alquilarlos, según explica Raquel Hurtado, letrada del Consejo de Estado, una exigencia que en palabras de la jurista generaba inseguridad jurídica. El impacto económico de la ley también ha ocupado buena parte del debate. Javier Valentín, abogado de la Asociación Canaria de Alquiler Vacacional, asegura que, durante la vigencia del decreto, el Colegio de Registradores emitió alrededor de 400.000 números de registro, con un coste de 27 euros (sin contar el IVA) cada uno, lo que, explica, supuso cerca de 20 millones de euros en tasas, mientras que la presidenta de FEVITUR, Silvia Blasco, cifró en unos 496 millones de euros las pérdidas económicas sufridas por propietarios y gestores del sector como consecuencia de la aplicación de la norma y reconoce que «desde las instituciones comunitarias están en shock al ver cómo España ha retorcido la legislación europea»A ello se suma el hecho de que algunos propietarios no pudieron alquilar sus viviendas mientras esperaban la tramitación del registro. La anulación parcial por parte del Tribunal Supremo de la ley que regulaba el Registro Único de Arrendamientos ha vuelto a situar en el centro del debate la normativa sobre el alquiler de corta duración en España. Durante un encuentro organizado por la Fundación Notariado en Madrid, los expertos señalaron los fallos de una norma que, según los ponentes, ha generado costes e irregularidades que incluso el Tribunal Supremo terminó considerado como contrarios a la normativa europea en mayo de este año.La presidenta del Consejo General del Notariado, Concepción Pilar Barrio del Olmo, ha señalado que «existe una hipertrofia administrativa» en este ámbito. También cuestiona que el Gobierno aprobara el decreto pese a las advertencias formuladas por el Consejo de Estado y sostiene que el procedimiento impuesto «ha generado litigiosidad» y ha limitado la libertad de los propietarios.El evento ha contado incluso con miembros del propio Tribunal Supremo, que han tenido la oportunidad de explicar los fallos de la ley. Diego Córdoba, magistrado del Alto Tribunal, ha explicado que la decisión de posicionarse en contra del registro único de arrendamientos se fundamentó en la falta de competencia estatal y en la creación de una duplicidad de registros que va en contra de la normativa europea y las competencias autonómicas en materia de vivienda y turismo.El reglamento de la UE no impide que las comunidades autónomas mantengan sus propios registros y el decreto aprobado por el Gobierno obligaba a inscribir las viviendas en el Registro de la Propiedad para poder alquilarlos, según explica Raquel Hurtado, letrada del Consejo de Estado, una exigencia que en palabras de la jurista generaba inseguridad jurídica. El impacto económico de la ley también ha ocupado buena parte del debate. Javier Valentín, abogado de la Asociación Canaria de Alquiler Vacacional, asegura que, durante la vigencia del decreto, el Colegio de Registradores emitió alrededor de 400.000 números de registro, con un coste de 27 euros (sin contar el IVA) cada uno, lo que, explica, supuso cerca de 20 millones de euros en tasas, mientras que la presidenta de FEVITUR, Silvia Blasco, cifró en unos 496 millones de euros las pérdidas económicas sufridas por propietarios y gestores del sector como consecuencia de la aplicación de la norma y reconoce que «desde las instituciones comunitarias están en shock al ver cómo España ha retorcido la legislación europea»A ello se suma el hecho de que algunos propietarios no pudieron alquilar sus viviendas mientras esperaban la tramitación del registro.
La anulación parcial por parte del Tribunal Supremo de la ley que regulaba el Registro Único de Arrendamientos ha vuelto a situar en el centro del debate la normativa sobre el alquiler de corta duración en España. Durante un encuentro organizado por la Fundación … Notariado en Madrid, los expertos señalaron los fallos de una norma que, según los ponentes, ha generado costes e irregularidades que incluso el Tribunal Supremo terminó considerado como contrarios a la normativa europea en mayo de este año.
La presidenta del Consejo General del Notariado, Concepción Pilar Barrio del Olmo, ha señalado que «existe una hipertrofia administrativa» en este ámbito. También cuestiona que el Gobierno aprobara el decreto pese a las advertencias formuladas por el Consejo de Estado y sostiene que el procedimiento impuesto «ha generado litigiosidad» y ha limitado la libertad de los propietarios.
El evento ha contado incluso con miembros del propio Tribunal Supremo, que han tenido la oportunidad de explicar los fallos de la ley. Diego Córdoba, magistrado del Alto Tribunal, ha explicado que la decisión de posicionarse en contra del registro único de arrendamientos se fundamentó en la falta de competencia estatal y en la creación de una duplicidad de registros que va en contra de la normativa europea y las competencias autonómicas en materia de vivienda y turismo.
El reglamento de la UE no impide que las comunidades autónomas mantengan sus propios registros y el decreto aprobado por el Gobierno obligaba a inscribir las viviendas en el Registro de la Propiedad para poder alquilarlos, según explica Raquel Hurtado, letrada del Consejo de Estado, una exigencia que en palabras de la jurista generaba inseguridad jurídica.
El impacto económico de la ley también ha ocupado buena parte del debate. Javier Valentín, abogado de la Asociación Canaria de Alquiler Vacacional, asegura que, durante la vigencia del decreto, el Colegio de Registradores emitió alrededor de 400.000 números de registro, con un coste de 27 euros (sin contar el IVA) cada uno, lo que, explica, supuso cerca de 20 millones de euros en tasas, mientras que la presidenta de FEVITUR, Silvia Blasco, cifró en unos 496 millones de euros las pérdidas económicas sufridas por propietarios y gestores del sector como consecuencia de la aplicación de la norma y reconoce que «desde las instituciones comunitarias están en shock al ver cómo España ha retorcido la legislación europea»
A ello se suma el hecho de que algunos propietarios no pudieron alquilar sus viviendas mientras esperaban la tramitación del registro.
RSS de noticias de economia
