El mercado de la vivienda en España vive una situación límite . La situación está cada vez más tensionada, lo que provoca alzas de precios y relaciones entre caseros e inquilinos cada vez más complicadas a costa de los contratos.Los primeros buscan a la persona perfecta alquilarle el piso por temor a la inseguridad jurídica que, denuncian, han creado algunas de las últimas normas aprobadas por el Gobierno. Los segundos buscan precios y condiciones dignas que les permitan llevar una vida sin sobresaltos.En este baile de unos y otros por conseguir las condiciones perfectas, una práctica cada vez más habitual se ha convertido en pedir la documentación que acredite solvencia económica incluso antes de ver el piso. La exigencia de estas condiciones garantiza al casero un primer filtro, pero provoca cierta inquietud y plantea dudas legales para los inquilinos al tener que compartir datos personales incluso antes de saber si el inmueble les interesa. El temor en este caso es perder el control sobre sus documentos que contienen información personal delicada.Noticia relacionada general No No Los caseros empiezan a rescindir los contratos de alquiler para vender sus casas José María Camarero¿Es legal que me pidan la nómina por adelantado?Sandra Aurrecoechea, abogada especialista en vivienda y socia de Marín y Mateo abogados, destaca que se trata de una práctica que «puede ser legal» para comprobar solvencia, pero «no es una facultad ilimitada». Para Arantxa Goenaga, socia de AF Legis, la situación no es «legal ni ilegal siempre que se facilite voluntariamente».Ambas letradas reconocen que es la manera de anticipar una solvencia y debe quedar claro que la documentación se facilita con esa finalidad.Aurrecoechea explica estas relaciones se rigen por el principio de minimización: «Solo pueden solicitarse los datos adecuados, pertinentes y necesarios». Por eso considera que la práctica de pedir nóminas, contratos, DNI o datos bancarios por adelantado puede llegar a ser «desproporcionado» .«Pedir documentación económica al futuro inquilino puede ser legal cuando la finalidad es comprobar su solvencia. Pero no es una facultad ilimitada» Sandra Aurrecoechea Abogada y socia de Marín y Mateo«Los futuros inquilinos deben saber que no están obligados a entregar toda su documentación personal y económica en el primer contacto», advierte. La abogada señala que «lo razonable es solicitar primero los datos básicos de contacto y, en su caso, una informacion general sobre su situación laboral o de ingresos». A partir de ahí, si el proceso continúa ya se pueden solicitar esos datos, siempre sabiendo quién los solicita y cuál va a ser su uso.«Los futuros inquilinos deben saber que no están obligados a entregar toda su documentación personal y económica en el primer contacto» Sandra Aurrecoechea Abogada y socia de Marín y MateoEn cualquier caso, el poder lo sigue teniendo el propietario: «Si el interesado no aporta la documentación solicitada, el propietario o la agencia pueden descartarlo y optar por otro candidato, siempre que no exista una discriminación prohibida». El inquilino puede negarse a aportar documentación excesiva o prematura. El riesgo es no poder visitar la vivienda y ahí es donde se refleja la tensión del mercado. «Esa libertad es muchas veces más teórica que real, porque el futuro inquilino se ve presionado a entregar información sensible para no quedar fuera del proceso», explica Aurrecoechea.¿Hay alguna manera de protegerse?Para la Aurrecoechea, lo más aconsejable es «entregar la documentación solo cuando sea necesario». También se pueden ocultar datos no imprescindibles como el número de cuenta o el de afiliación a la Seguridad Social.La tercera opción es «facilitar una acreditación parcial de solvencia —por ejemplo, importes de ingresos o nómina anonimizada— y reservar la documentación completa para una fase posterior, cuando ya se haya visitado la vivienda y exista un interés real en contratar».Otra fórmula, según Goenaga, es que el anterior propietario se preste a hacer una carta de recomendación, aunque insiste en que si se continúa con el proceso habrá que entregar la documentación completa puesto que «solo con su documentación económica se va a poder saber si van a poder cumplir con sus obligaciones contractuales» del mismo modo que la propiedad tiene que acreditar las condiciones del piso. El mercado de la vivienda en España vive una situación límite . La situación está cada vez más tensionada, lo que provoca alzas de precios y relaciones entre caseros e inquilinos cada vez más complicadas a costa de los contratos.Los primeros buscan a la persona perfecta alquilarle el piso por temor a la inseguridad jurídica que, denuncian, han creado algunas de las últimas normas aprobadas por el Gobierno. Los segundos buscan precios y condiciones dignas que les permitan llevar una vida sin sobresaltos.En este baile de unos y otros por conseguir las condiciones perfectas, una práctica cada vez más habitual se ha convertido en pedir la documentación que acredite solvencia económica incluso antes de ver el piso. La exigencia de estas condiciones garantiza al casero un primer filtro, pero provoca cierta inquietud y plantea dudas legales para los inquilinos al tener que compartir datos personales incluso antes de saber si el inmueble les interesa. El temor en este caso es perder el control sobre sus documentos que contienen información personal delicada.Noticia relacionada general No No Los caseros empiezan a rescindir los contratos de alquiler para vender sus casas José María Camarero¿Es legal que me pidan la nómina por adelantado?Sandra Aurrecoechea, abogada especialista en vivienda y socia de Marín y Mateo abogados, destaca que se trata de una práctica que «puede ser legal» para comprobar solvencia, pero «no es una facultad ilimitada». Para Arantxa Goenaga, socia de AF Legis, la situación no es «legal ni ilegal siempre que se facilite voluntariamente».Ambas letradas reconocen que es la manera de anticipar una solvencia y debe quedar claro que la documentación se facilita con esa finalidad.Aurrecoechea explica estas relaciones se rigen por el principio de minimización: «Solo pueden solicitarse los datos adecuados, pertinentes y necesarios». Por eso considera que la práctica de pedir nóminas, contratos, DNI o datos bancarios por adelantado puede llegar a ser «desproporcionado» .«Pedir documentación económica al futuro inquilino puede ser legal cuando la finalidad es comprobar su solvencia. Pero no es una facultad ilimitada» Sandra Aurrecoechea Abogada y socia de Marín y Mateo«Los futuros inquilinos deben saber que no están obligados a entregar toda su documentación personal y económica en el primer contacto», advierte. La abogada señala que «lo razonable es solicitar primero los datos básicos de contacto y, en su caso, una informacion general sobre su situación laboral o de ingresos». A partir de ahí, si el proceso continúa ya se pueden solicitar esos datos, siempre sabiendo quién los solicita y cuál va a ser su uso.«Los futuros inquilinos deben saber que no están obligados a entregar toda su documentación personal y económica en el primer contacto» Sandra Aurrecoechea Abogada y socia de Marín y MateoEn cualquier caso, el poder lo sigue teniendo el propietario: «Si el interesado no aporta la documentación solicitada, el propietario o la agencia pueden descartarlo y optar por otro candidato, siempre que no exista una discriminación prohibida». El inquilino puede negarse a aportar documentación excesiva o prematura. El riesgo es no poder visitar la vivienda y ahí es donde se refleja la tensión del mercado. «Esa libertad es muchas veces más teórica que real, porque el futuro inquilino se ve presionado a entregar información sensible para no quedar fuera del proceso», explica Aurrecoechea.¿Hay alguna manera de protegerse?Para la Aurrecoechea, lo más aconsejable es «entregar la documentación solo cuando sea necesario». También se pueden ocultar datos no imprescindibles como el número de cuenta o el de afiliación a la Seguridad Social.La tercera opción es «facilitar una acreditación parcial de solvencia —por ejemplo, importes de ingresos o nómina anonimizada— y reservar la documentación completa para una fase posterior, cuando ya se haya visitado la vivienda y exista un interés real en contratar».Otra fórmula, según Goenaga, es que el anterior propietario se preste a hacer una carta de recomendación, aunque insiste en que si se continúa con el proceso habrá que entregar la documentación completa puesto que «solo con su documentación económica se va a poder saber si van a poder cumplir con sus obligaciones contractuales» del mismo modo que la propiedad tiene que acreditar las condiciones del piso.
El mercado de la vivienda en España vive una situación límite. La situación está cada vez más tensionada, lo que provoca alzas de precios y relaciones entre caseros e inquilinos cada vez más complicadas a costa de los contratos.
Los primeros buscan a la … persona perfecta alquilarle el piso por temor a la inseguridad jurídica que, denuncian, han creado algunas de las últimas normas aprobadas por el Gobierno. Los segundos buscan precios y condiciones dignas que les permitan llevar una vida sin sobresaltos.
En este baile de unos y otros por conseguir las condiciones perfectas, una práctica cada vez más habitual se ha convertido en pedir la documentación que acredite solvencia económica incluso antes de ver el piso. La exigencia de estas condiciones garantiza al casero un primer filtro, pero provoca cierta inquietud y plantea dudas legales para los inquilinos al tener que compartir datos personales incluso antes de saber si el inmueble les interesa. El temor en este caso es perder el control sobre sus documentos que contienen información personal delicada.
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José María Camarero
¿Es legal que me pidan la nómina por adelantado?
Sandra Aurrecoechea, abogada especialista en vivienda y socia de Marín y Mateo abogados, destaca que se trata de una práctica que «puede ser legal» para comprobar solvencia, pero «no es una facultad ilimitada». Para Arantxa Goenaga, socia de AF Legis, la situación no es «legal ni ilegal siempre que se facilite voluntariamente».
Ambas letradas reconocen que es la manera de anticipar una solvencia y debe quedar claro que la documentación se facilita con esa finalidad.
Aurrecoechea explica estas relaciones se rigen por el principio de minimización: «Solo pueden solicitarse los datos adecuados, pertinentes y necesarios». Por eso considera que la práctica de pedir nóminas, contratos, DNI o datos bancarios por adelantado puede llegar a ser «desproporcionado».
«Pedir documentación económica al futuro inquilino puede ser legal cuando la finalidad es comprobar su solvencia. Pero no es una facultad ilimitada»
Sandra Aurrecoechea
Abogada y socia de Marín y Mateo
«Los futuros inquilinos deben saber que no están obligados a entregar toda su documentación personal y económica en el primer contacto», advierte. La abogada señala que «lo razonable es solicitar primero los datos básicos de contacto y, en su caso, una informacion general sobre su situación laboral o de ingresos». A partir de ahí, si el proceso continúa ya se pueden solicitar esos datos, siempre sabiendo quién los solicita y cuál va a ser su uso.
«Los futuros inquilinos deben saber que no están obligados a entregar toda su documentación personal y económica en el primer contacto»
Sandra Aurrecoechea
Abogada y socia de Marín y Mateo
En cualquier caso, el poder lo sigue teniendo el propietario: «Si el interesado no aporta la documentación solicitada, el propietario o la agencia pueden descartarlo y optar por otro candidato, siempre que no exista una discriminación prohibida».
El inquilino puede negarse a aportar documentación excesiva o prematura. El riesgo es no poder visitar la vivienda y ahí es donde se refleja la tensión del mercado. «Esa libertad es muchas veces más teórica que real, porque el futuro inquilino se ve presionado a entregar información sensible para no quedar fuera del proceso», explica Aurrecoechea.
¿Hay alguna manera de protegerse?
Para la Aurrecoechea, lo más aconsejable es «entregar la documentación solo cuando sea necesario». También se pueden ocultar datos no imprescindibles como el número de cuenta o el de afiliación a la Seguridad Social.
La tercera opción es «facilitar una acreditación parcial de solvencia —por ejemplo, importes de ingresos o nómina anonimizada— y reservar la documentación completa para una fase posterior, cuando ya se haya visitado la vivienda y exista un interés real en contratar».
Otra fórmula, según Goenaga, es que el anterior propietario se preste a hacer una carta de recomendación, aunque insiste en que si se continúa con el proceso habrá que entregar la documentación completa puesto que «solo con su documentación económica se va a poder saber si van a poder cumplir con sus obligaciones contractuales» del mismo modo que la propiedad tiene que acreditar las condiciones del piso.
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