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  Nacional  Prisión provisional sin fianza para la madre acusada de ahogar en el mar a su bebé de 20 meses
Nacional

Prisión provisional sin fianza para la madre acusada de ahogar en el mar a su bebé de 20 meses

marzo 9, 2026
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Prisión provisional sin fianza por presuntamente ahogar en el mar a un bebé de 20 meses. Tomás Luis Martín Rodríguez , el juez titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, especializado en violencia contra la infancia, ha ordenado este lunes el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza de R. G., la mujer de 29 años acusada de asesinar presuntamente a su hija de 20 meses el miércoles por la tarde. El magistrado considera que concurren indicios “de entidad suficiente” para sostener la imputación por asesinato con alevosía, un delito castigado con prisión permanente revisable. El juez aprecia un riesgo de fuga por la falta de arraigo y la situación administrativa irregular de la investigada.

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 El juez la acusa de asesinar con alevosía a su hija el miércoles en la costa de Gran Canaria  

Prisión provisional sin fianza por presuntamente ahogar en el mar a un bebé de 20 meses. Tomás Luis Martín Rodríguez , el juez titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, especializado en violencia contra la infancia, ha ordenado este lunes el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza de R. G., la mujer de 29 años acusada de asesinar presuntamente a su hija de 20 meses el miércoles por la tarde. El magistrado considera que concurren indicios “de entidad suficiente” para sostener la imputación por asesinato con alevosía, un delito castigado con prisión permanente revisable. El juez aprecia un riesgo de fuga por la falta de arraigo y la situación administrativa irregular de la investigada.

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El auto, al que ha tenido acceso este periódico, describe con detalle los hechos que llevaron a la muerte de la menor, así como el comportamiento de la madre antes y después del suceso, las declaraciones de testigos y los informes médicos y policiales que han sustentado la decisión judicial.

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La secuencia de los hechos comienza en la tarde del miércoles 4 de marzo. Según el propio relato de la investigada —de origen venezolano—, madre e hija viajaron desde Las Palmas de Gran Canaria hasta Maspalomas (en el sur de la isla), “paseando por el lugar y permaneciendo allí hasta la tarde”. Alrededor de las 18.00 tomaron la guagua de línea de vuelta. En la capital se apearon en el barrio marinero de San Cristóbal, en la entrada de la ciudad. Después de jugar un rato en un un parque infantil situado frente a la playa, la mujer se dirigió con la niña hacia una zona de rocas junto al mar, “donde se forman pequeños charcos de agua marina”. En ese momento, según manifestó, “sintió un impulso que la llevó a coger a la menor por la cara y tumbarla boca arriba en uno de dichos charcos, donde el agua le llegaba por debajo de las rodillas”. La madre no ha precisado el tiempo exacto durante el cual mantuvo a la menor dentro del agua. Sí añadió que durante ese tiempo observó que la niña “abría y cerraba los ojos”.

Tras ello, según su propio relato, tomó nuevamente a la menor en brazos y se dirigió caminando hacia la avenida “con la intención de coger una guagua para regresar a su domicilio”. Durante ese trayecto, la investigada se cruzó con una testigo que declaró que momentos antes había observado a una mujer caminando descalza, con una actitud que describió “como desorientada, con la mirada perdida y un andar lento y sin rumbo definido”. Portaba a un bebé envuelto en una manta que aparentemente se encontraba dormido”. Le preguntó “cómo se encontraba y si necesitaba ayuda”. La investigada respondió que estaba bien, aunque dicha persona, al observar que llevaba una menor en brazos, insistió en comprobar su estado. Al levantar ligeramente la manta, comprobó que la niña tenía espuma en la boca y no reaccionaba. En ese momento comenzó a alertar a otras personas que se encontraban en la zona y de inmediato se llamó al servicio de emergencias 112. Los testigos pidieron a la madre que dejara a la menor en el suelo para iniciar maniobras de asistencia, a lo que finalmente accedió.

A su llegada, los sanitarios intentaron reanimar a la pequeña durante casi una hora, tanto en el lugar como en el Hospital Materno Infantil. La menor llegó en asistolia y no respondió a las maniobras avanzadas de reanimación. El fallecimiento se certificó a las 22.54.

“Tranquila y abordable”

En el vecino Hospital Insular se le practicó una valoración médica y psiquiátrica a la detenida. Según el informe emitido por dicho centro hospitalario, la paciente se encontraba “tranquila y abordable” durante la entrevista clínica, presentando un “discurso lineal y coherente, sin alteraciones formales del pensamiento”. Tampoco afloraron antecedentes de patología psiquiátrica ni constaban tratamientos psicofarmacológicos previos. Durante dicha valoración se apreció, no obstante, “una cierta indiferencia afectiva durante la mayor parte de la entrevista”.

La expareja de la acusada, de origen colombiano, relató que en los días previos había observado comportamientos “extraños” en la mujer. Según su testimonio, ella decía escuchar voces, ver sombras y sentirse perseguida. También afirmó haber recibido mensajes de WhatsApp esa misma mañana con contenido “incoherente” y “paranoide”, lo que le llevó a pedirle que tuviera cuidado y protegiera a la niña.

La pareja mantuvo una relación de unos tres años en Colombia. Hace siete meses, que llegaron a Gran Canaria, si bien la relación se había deteriorado recientemente hasta el punto de separarse semanas antes de los hechos. Horas antes del suceso, la investigada le realizó una videollamada desde una playa, y poco después, ya de noche, lo llamó para decirle que estaba en el hospital y que “la niña se me cayó al agua”.

La causa continúa en fase de instrucción. La defensa ha solicitado que se tengan en cuenta las circunstancias de salud mental de la investigada y que se prioricen medidas alternativas a la prisión. El juez, sin embargo, ha optado por la medida más severa mientras se completan las diligencias “al inferirse, por la falta de arraigo y estancia irregular en territorio nacional, racionalmente un riesgo de fuga”. También se solicita que se active el protocolo antisuicidios.

La resolución puede ser recurrida en reforma en un plazo de tres días o en apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

 

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