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  Economía  El Gobierno quiere obligar a propietarios y fondos a priorizar al Estado en la venta de sus pisos en alquiler
Economía

El Gobierno quiere obligar a propietarios y fondos a priorizar al Estado en la venta de sus pisos en alquiler

agosto 11, 2026
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El decreto en materia de vivienda que el Gobierno quiere aprobar en Consejo de Ministros en septiembre va mucho más allá de la congelación de los contratos de alquiler e incluso aspira a intervenir en los procesos de compraventa de vivienda de multipropietarios y fondos de inversión. Lo quieren hacer modificando la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para eliminar las excepciones que permiten a estos caseros esquivar el derecho de tanteo y retracto de un inquilino para la compra de un inmueble alquilado. Además, la medida pretende priorizar al Estado como comprador cuando uno de estos grandes propietarios decida poner en venta un paquete de viviendas.La iniciativa aparece planteada así en el borrador del decreto que PSOE y Sumar acordaron en julio y que ahora negocian con el resto de formaciones políticas para tratar de encontrar apoyos, tras no lograrlo el mes pasado. Con la normativa actual, cuando un propietario pone a la venta una casa con contrato de alquiler en vigor, la LAU le obliga a dar el derecho preferencial de la compra a su inquilino. Pero la misma norma contempla algunas salvedades para no llegar a este extremo, como estipular en el contrato la renuncia del arrendatario al derecho de adquisición preferente. En el caso de los propietarios de más de una vivienda también existe la posibilidad de esquivar esta situación cuando esa vivienda arrendada se venda en conjunto a las restantes viviendas o locales que formen parte de un mismo inmueble. Es decir, si el casero vende el edificio al completo, el inquilino pierde automáticamente este derecho.Ambas singularidades podrían tener los días contados. El Gobierno plantea en su decreto estrella acabar con la posibilidad de poder pactar en el contrato la renuncia del inquilino al tanteo y retracto y también acabar con el salvoconducto que tienen los multipropietarios para no dar preferencia a sus arrendatarios en la compra de la casa. «Los derechos de tanteo y retracto del arrendatario no decaerán por el hecho de que la vivienda arrendada se transmita conjuntamente con otras viviendas, locales, inmuebles o activos, cualquiera que sea la forma jurídica de la transmisión, siempre que la vivienda sea jurídicamente individualizable», dice el texto. Asimismo, cuando se trate de una venta conjunta, el propietario tendrá que aportar en la notificación al inquilino el precio imputado a la casa y los criterios «objetivos» por los que se marca ese precio, una obligación que hasta ahora no recogía la LAU para estos casos. A la hora de fijar el precio de la vivienda arrendada, la norma exigirá que se haga conforme a la «distribución proporcional del precio global de transmisión conforme a criterios objetivos y verificables, atendiendo preferentemente al valor de referencia catastral o, en su defecto, a tasación independiente». Bajo ese prisma se entenderá como «ineficaces» frente al inquilino las asignaciones de precio que busquen hacer desistir al inquilino de la compra de la casa. Es decir, que el valor fijado no puede ser desorbitado ni situarse por encima del de mercado.100 millones es el dinero que la empresa estatal de vivienda ha puesto a disposición para comprar vivienda a particulares e incorporarla al mercado del alquiler.La otra novedad si el decreto sale adelante estará en que la empresa estatal de vivienda, la conocida como Casa 47 (antigua Sepes), tendrá derecho de tanteo y retracto cuando multipropietarios y fondos realicen ventas conjuntas de viviendas con contrato de alquiler en vigor. Una medida que no llega en un momento cualquiera pues algunos de los principales fondos de inversión con vivienda en alquiler en España se han lanzado a desinvertir sus carteras como ocurrió recientemente con la venta de 5.000 pisos en alquiler de Fidere (Blackstone) al fondo canadiense Brookfield. Compra a empresas y particularesDe hecho, los esfuerzos de la entidad que dirige Leire Iglesias van encaminados hacia la compra de vivienda a particulares y fondos para posteriormente colocarlas en el mercado del alquiler asequible. El pasado mes de marzo puso a disposición 100 millones para ello y, hasta el cierre de la convocatoria el mes pasado, recibió propuestas para adquirir 131 inmuebles, de los cuales el 88% pertenecen a empresas y el 12% a particulares.También el Ministerio de Vivienda insiste en esta vía para añadir más alquileres baratos al mercado y por ello la titular del ramo, Isabel Rodríguez, recordó recientemente a las comunidades autónomas que pueden usar los fondos del nuevo Plan Estatal de Vivienda para ese fin. El decreto en materia de vivienda que el Gobierno quiere aprobar en Consejo de Ministros en septiembre va mucho más allá de la congelación de los contratos de alquiler e incluso aspira a intervenir en los procesos de compraventa de vivienda de multipropietarios y fondos de inversión. Lo quieren hacer modificando la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para eliminar las excepciones que permiten a estos caseros esquivar el derecho de tanteo y retracto de un inquilino para la compra de un inmueble alquilado. Además, la medida pretende priorizar al Estado como comprador cuando uno de estos grandes propietarios decida poner en venta un paquete de viviendas.La iniciativa aparece planteada así en el borrador del decreto que PSOE y Sumar acordaron en julio y que ahora negocian con el resto de formaciones políticas para tratar de encontrar apoyos, tras no lograrlo el mes pasado. Con la normativa actual, cuando un propietario pone a la venta una casa con contrato de alquiler en vigor, la LAU le obliga a dar el derecho preferencial de la compra a su inquilino. Pero la misma norma contempla algunas salvedades para no llegar a este extremo, como estipular en el contrato la renuncia del arrendatario al derecho de adquisición preferente. En el caso de los propietarios de más de una vivienda también existe la posibilidad de esquivar esta situación cuando esa vivienda arrendada se venda en conjunto a las restantes viviendas o locales que formen parte de un mismo inmueble. Es decir, si el casero vende el edificio al completo, el inquilino pierde automáticamente este derecho.Ambas singularidades podrían tener los días contados. El Gobierno plantea en su decreto estrella acabar con la posibilidad de poder pactar en el contrato la renuncia del inquilino al tanteo y retracto y también acabar con el salvoconducto que tienen los multipropietarios para no dar preferencia a sus arrendatarios en la compra de la casa. «Los derechos de tanteo y retracto del arrendatario no decaerán por el hecho de que la vivienda arrendada se transmita conjuntamente con otras viviendas, locales, inmuebles o activos, cualquiera que sea la forma jurídica de la transmisión, siempre que la vivienda sea jurídicamente individualizable», dice el texto. Asimismo, cuando se trate de una venta conjunta, el propietario tendrá que aportar en la notificación al inquilino el precio imputado a la casa y los criterios «objetivos» por los que se marca ese precio, una obligación que hasta ahora no recogía la LAU para estos casos. A la hora de fijar el precio de la vivienda arrendada, la norma exigirá que se haga conforme a la «distribución proporcional del precio global de transmisión conforme a criterios objetivos y verificables, atendiendo preferentemente al valor de referencia catastral o, en su defecto, a tasación independiente». Bajo ese prisma se entenderá como «ineficaces» frente al inquilino las asignaciones de precio que busquen hacer desistir al inquilino de la compra de la casa. Es decir, que el valor fijado no puede ser desorbitado ni situarse por encima del de mercado.100 millones es el dinero que la empresa estatal de vivienda ha puesto a disposición para comprar vivienda a particulares e incorporarla al mercado del alquiler.La otra novedad si el decreto sale adelante estará en que la empresa estatal de vivienda, la conocida como Casa 47 (antigua Sepes), tendrá derecho de tanteo y retracto cuando multipropietarios y fondos realicen ventas conjuntas de viviendas con contrato de alquiler en vigor. Una medida que no llega en un momento cualquiera pues algunos de los principales fondos de inversión con vivienda en alquiler en España se han lanzado a desinvertir sus carteras como ocurrió recientemente con la venta de 5.000 pisos en alquiler de Fidere (Blackstone) al fondo canadiense Brookfield. Compra a empresas y particularesDe hecho, los esfuerzos de la entidad que dirige Leire Iglesias van encaminados hacia la compra de vivienda a particulares y fondos para posteriormente colocarlas en el mercado del alquiler asequible. El pasado mes de marzo puso a disposición 100 millones para ello y, hasta el cierre de la convocatoria el mes pasado, recibió propuestas para adquirir 131 inmuebles, de los cuales el 88% pertenecen a empresas y el 12% a particulares.También el Ministerio de Vivienda insiste en esta vía para añadir más alquileres baratos al mercado y por ello la titular del ramo, Isabel Rodríguez, recordó recientemente a las comunidades autónomas que pueden usar los fondos del nuevo Plan Estatal de Vivienda para ese fin.  

El decreto en materia de vivienda que el Gobierno quiere aprobar en Consejo de Ministros en septiembre va mucho más allá de la congelación de los contratos de alquiler e incluso aspira a intervenir en los procesos de compraventa de vivienda de multipropietarios y … fondos de inversión. Lo quieren hacer modificando la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para eliminar las excepciones que permiten a estos caseros esquivar el derecho de tanteo y retracto de un inquilino para la compra de un inmueble alquilado. Además, la medida pretende priorizar al Estado como comprador cuando uno de estos grandes propietarios decida poner en venta un paquete de viviendas.

La iniciativa aparece planteada así en el borrador del decreto que PSOE y Sumar acordaron en julio y que ahora negocian con el resto de formaciones políticas para tratar de encontrar apoyos, tras no lograrlo el mes pasado. Con la normativa actual, cuando un propietario pone a la venta una casa con contrato de alquiler en vigor, la LAU le obliga a dar el derecho preferencial de la compra a su inquilino. Pero la misma norma contempla algunas salvedades para no llegar a este extremo, como estipular en el contrato la renuncia del arrendatario al derecho de adquisición preferente. En el caso de los propietarios de más de una vivienda también existe la posibilidad de esquivar esta situación cuando esa vivienda arrendada se venda en conjunto a las restantes viviendas o locales que formen parte de un mismo inmueble. Es decir, si el casero vende el edificio al completo, el inquilino pierde automáticamente este derecho.


    • El precio del alquiler en Madrid y Barcelona ha subido más que en Nueva York desde la pandemia

    Gonzalo Mozas

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Ambas singularidades podrían tener los días contados. El Gobierno plantea en su decreto estrella acabar con la posibilidad de poder pactar en el contrato la renuncia del inquilino al tanteo y retracto y también acabar con el salvoconducto que tienen los multipropietarios para no dar preferencia a sus arrendatarios en la compra de la casa. «Los derechos de tanteo y retracto del arrendatario no decaerán por el hecho de que la vivienda arrendada se transmita conjuntamente con otras viviendas, locales, inmuebles o activos, cualquiera que sea la forma jurídica de la transmisión, siempre que la vivienda sea jurídicamente individualizable», dice el texto.

Asimismo, cuando se trate de una venta conjunta, el propietario tendrá que aportar en la notificación al inquilino el precio imputado a la casa y los criterios «objetivos» por los que se marca ese precio, una obligación que hasta ahora no recogía la LAU para estos casos. A la hora de fijar el precio de la vivienda arrendada, la norma exigirá que se haga conforme a la «distribución proporcional del precio global de transmisión conforme a criterios objetivos y verificables, atendiendo preferentemente al valor de referencia catastral o, en su defecto, a tasación independiente».

Bajo ese prisma se entenderá como «ineficaces» frente al inquilino las asignaciones de precio que busquen hacer desistir al inquilino de la compra de la casa. Es decir, que el valor fijado no puede ser desorbitado ni situarse por encima del de mercado.

100

millones

es el dinero que la empresa estatal de vivienda ha puesto a disposición para comprar vivienda a particulares e incorporarla al mercado del alquiler.

La otra novedad si el decreto sale adelante estará en que la empresa estatal de vivienda, la conocida como Casa 47 (antigua Sepes), tendrá derecho de tanteo y retracto cuando multipropietarios y fondos realicen ventas conjuntas de viviendas con contrato de alquiler en vigor. Una medida que no llega en un momento cualquiera pues algunos de los principales fondos de inversión con vivienda en alquiler en España se han lanzado a desinvertir sus carteras como ocurrió recientemente con la venta de 5.000 pisos en alquiler de Fidere (Blackstone) al fondo canadiense Brookfield.

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De hecho, los esfuerzos de la entidad que dirige Leire Iglesias van encaminados hacia la compra de vivienda a particulares y fondos para posteriormente colocarlas en el mercado del alquiler asequible. El pasado mes de marzo puso a disposición 100 millones para ello y, hasta el cierre de la convocatoria el mes pasado, recibió propuestas para adquirir 131 inmuebles, de los cuales el 88% pertenecen a empresas y el 12% a particulares.

También el Ministerio de Vivienda insiste en esta vía para añadir más alquileres baratos al mercado y por ello la titular del ramo, Isabel Rodríguez, recordó recientemente a las comunidades autónomas que pueden usar los fondos del nuevo Plan Estatal de Vivienda para ese fin.

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