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  Nacional  Prohibido salir de la localidad o dar entrevistas: 12 “reglas de conducta” para los presos etarras en libertad condicional
Nacional

Prohibido salir de la localidad o dar entrevistas: 12 “reglas de conducta” para los presos etarras en libertad condicional

junio 30, 2025
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Los tres últimos presos etarras que han accedido a la libertad condicional estarán sometidos a las mismas 12 restricciones en su día a día hasta que sus penas queden totalmente extinguidas dentro de unos años. Se trata de Maite Pedrosa Barrenetxea, José Luis Martín Barrios y Ainhoa Barbarín Yurrebaso, a los que el juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha impuesto idénticas “reglas de conducta” que deberán respetar si quieren conservar este beneficio penitenciario, según se recoge en los autos en los que ha acordado recientemente su excarcelación y a los que ha tenido acceso EL PAÍS.

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 La Audiencia Nacional impone idénticas restricciones a los tres reclusos de ETA a los que ha excarcelado recientemente antes de cumplir la pena  

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Los tres últimos presos etarras que han accedido a la libertad condicional estarán sometidos a las mismas 12 restricciones en su día a día hasta que sus penas queden totalmente extinguidas dentro de unos años. Se trata de Maite Pedrosa Barrenetxea, José Luis Martín Barrios y Ainhoa Barbarín Yurrebaso, a los que el juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha impuesto idénticas “reglas de conducta” que deberán respetar si quieren conservar este beneficio penitenciario, según se recoge en los autos en los que ha acordado recientemente su excarcelación y a los que ha tenido acceso EL PAÍS.

Entre las medidas fijadas para los tres está la obligación de “obtener autorización previa” del juez “para efectuar cualquier desplazamiento fuera del lugar de residencia habitual o cambio de esta o de domicilio” y un seguimiento del traslado, en caso de ser permitido, por parte de los servicios sociales penitenciarios. También la prohibición expresa de “realizar cualquier tipo de entrevista, declaración o aparición en medios de comunicación que enaltezca el terrorismo o suponga humillación a las víctimas”.

Pedrosa fue condenada a más de 230 años de cárcel por, entre otros delitos, el asesinato en 1998 en Sevilla del concejal del PP Alberto Jiménez Becerril y su esposa, Ascensión García. Martín Barrios lo fue por su participación en 13 atentados, entre ellos también el asesinato de Jiménez Becerril. Barbarín cumplía 25 años de cárcel por, entre otros delitos, pertenencia a banda armada y estragos tras participar en la colocación de un coche bomba en el aeropuerto de Málaga, que fue desactivado, y otro en Salou (Tarragona), que causó 14 heridos, ambos en 2001. Los dos primeros llevaban 27 años en prisión. La tercera, 23. Con ellos son ya medio centenar de reclusos de la organización terrorista los que han accedido a la libertad condicional desde 2019, según datos de diversas fuentes recopilados por este diario.

En los autos, el juez Castro impone a los tres la obligación de continuar pagando las responsabilidades civiles que se les impusieron en sentencia, aunque sea en cantidades simbólicas mensuales; y la prohibición de acercarse al domicilio de las víctimas y de participar “en cualquier tipo de homenaje o acto público que se celebre en su honor o en honor a otros miembros de la organización terrorista ETA”. Además, les fija un régimen de “autotutela” (en algún caso anterior el juez ha acordado para un etarra el “cuidado y vigilancia” por parte de un familiar) y que residan obligatoriamente en el domicilio que comuniquen. Si quieren cambiar de localidad o, simplemente, de vivienda en el mismo municipio, deberán informar de ello a la Audiencia Nacional previamente.

También les impone mantener una “actividad laboral” ―el auto sobre Martín Barrios detalla, por ejemplo, que ya trabaja a tiempo parcial desde 2024 en comercio―, mantener reuniones mensuales con los funcionarios que forman los equipos de control de liberados condicionales; tener encuentros cada dos meses con un trabajador social de la cárcel y comunicar “inmediatamente a los Servicios Sociales Penitenciarios encargados de su seguimiento y control” si vuelven a ser detenido, imputado, acusado o condenados “en proceso penal”.

En los autos en los que ahora se ha acordado la libertad condicional de los tres ―muy similares en cuanto a los razonamientos jurídicos―, el magistrado destaca que las excarcelaciones anticipadas fueron propuestas por las juntas de tratamiento (órgano formado por profesionales penitenciarios que estudia periódicamente la clasificación de los internos) de las prisiones donde estaban recluidos ―Martín Barrios y Barbarín, en la donostiarra de Martutene, y Pedrosa, en la alavesa de Zaballa―. Y que lo hacían tras constatar que cumplían los requisitos que marcan los artículos 90 y 91 del Código Penal para poder disfrutar de este beneficio penitenciario: haber cumplido tres cuartas partes de la condena, estar clasificadas en tercer grado penitenciario o régimen de semilibertad, tener buena conducta y presentar un pronóstico favorable de reinserción social. En todos casos, el juez recoge que la Fiscalía de la Audiencia Nacional no se ha opuesto a que se les diera la libertad condicional.

Los autos destacan que los tres etarras han repudiado la actividad terrorista en escritos en los que manifiestan su pesar por el dolor causado a las víctimas ―la resolución judicial reproduce el contenido de estos textos― y que han participado en prisión en talleres de justicia restaurativa (programas de reinserción pensados inicialmente para otro tipo de delincuentes, pero que desde 2021 se amplió a los etarras), en los que se sientan cara a cara con víctimas y les piden perdón. También que en los últimos años los ya exreclusos han disfrutado de permisos penitenciarios y del régimen de semilibertad “sin incidencias”. Los tres estaban clasificados en tercer grado desde febrero de 2024, y en el caso de Pedrosa, su régimen de vida penitenciario se flexibilizó más cuatro meses después al pasar a cumplir la condena bajo control telemático, por lo que ya no tenía que ir a dormir a la cárcel.

En los tres casos, el juez ordenó a la Oficina de Víctimas de la Audiencia Nacional ponerse en contacto con las víctimas concretas de los atentados de cada uno de ellos “con el objeto de conocer si tenían interés en obtener información, personarse en el expediente o interés en que impongan al penado” alguna medida concreta. En el caso de Pedrosa, de los 11 perjudicados que pudieron ser localizados, solo uno presentó alegaciones. En el caso de Martín Barrios fueron localizados 25, de los que únicamente tres plantearon medidas para el cumplimiento de su libertad condicional. De las 14 víctimas de Barbarín, las siete que fueron localizadas manifestaron su deseo de no querer saber “nada”. El resto, turistas extranjeros que resultaron heridos en uno de sus atentados, fue imposible localizarlos.

 

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