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  Nacional  La Audiencia Nacional anula una multa de 10.001 euros a La Falange porque no toda exaltación del fascismo es sancionable
Nacional

La Audiencia Nacional anula una multa de 10.001 euros a La Falange porque no toda exaltación del fascismo es sancionable

mayo 8, 2026
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La Audiencia Nacional ha anulado la sanción de 10.001 euros impuesta a La Falange (FE) por los actos de homenaje a José Antonio Primo de Rivera celebrados el 19 y 20 de noviembre de 2022 en Madrid con el argumento de que no toda exaltación del fascismo es sancionable. En una sentencia dictada el pasado día 7, la magistrada de la plaza número 12 de la Sección de lo Contencioso Administrativo del tribunal estima que, para que un acto de este tipo se pueda castigar, debe existir voluntad de humillar a las víctimas de la dictadura por parte de los organizadores. La Falange ha celebrado el fallo judicial como una “derrota de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática” y una “victoria de la libertad de expresión”, aunque ha advertido de que no se dará por satisfecha hasta que se derogue la ley. La sentencia es firme y no admite recurso.

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 La sentencia sobre las marchas del 20-N alega que la humillación de las víctimas de la dictadura debe ser intencionada  

La Audiencia Nacional ha anulado la sanción de 10.001 euros impuesta a La Falange (FE) por los actos de homenaje a José Antonio Primo de Rivera celebrados el 19 y 20 de noviembre de 2022 en Madrid con el argumento de que no toda exaltación del fascismo es sancionable. En una sentencia dictada el pasado día 7, la magistrada de la plaza número 12 de la Sección de lo Contencioso Administrativo del tribunal estima que, para que un acto de este tipo se pueda castigar, debe existir voluntad de humillar a las víctimas de la dictadura por parte de los organizadores. La Falange ha celebrado el fallo judicial como una “derrota de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática” y una “victoria de la libertad de expresión”, aunque ha advertido de que no se dará por satisfecha hasta que se derogue la ley. La sentencia es firme y no admite recurso.

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