El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha solicitado de manera expresa al Gobierno que reconsidere la propuesta de reforma legal que elimina la obligación de registrar en escritura pública y ante notario las transmisiones de participaciones en las empresas para no erosionar la eficacia del actual sistema de control sobre delitos económicos .El informe preceptivo del órgano de los jueces sobre la Ley Orgánica de Integridad Pública, que se acaba de hacer público, advierte al Ejecutivo que «la supresión de la exigencia de documento público y su sustitución por documento privado firmado electrónico, inscribible en una sección especial Registro Mercantil, debería ser reconsiderada », a la luz de su larga tradición en el ordenamiento jurídico español y, singularmente, de la «valoración positiva» que ese sistema tiene para el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el organismo multilateral encargado de promover estrategias y acciones contra el lavado de dinero o la financiación del terrorismo.La disposición en cuestión, que básicamente elimina la obligación de que las transmisiones de participaciones en sociedades tengan que hacerse ante notario e instaura un nuevo sistema de registro por vía electrónica, ha levantado una fenomenal polvareda, especialmente entre los notarios, que han advertido del riesgo de la maniobra para el sostenimiento del actual sistema de control de los fraudes económicos y el blanqueo de capitales. Argumentan que una eventual aprobación bloquearía el flujo de entrada de información hacia el Índice Único Informatizado del Consejo General del Notariado, la base de datos sobre los titulares reales de las sociedades constituidas en España que utilizan órganos como la Fiscalía, la UCO, la UDEF o la Agencia Tributaria en sus investigaciones sobre delitos económicos, y afectaría de manera inexorable a la fiabilidad de la información que se maneja en esas investigaciones.Noticia relacionada general No No Rebelión de los notarios contra una ley del Gobierno por abrir las puertas al blanqueo Bruno PérezEn una jornada organizada por la Fundación Notariado, el director de la base de datos del Consejo del Notariado ha recordado que desde el 1 de enero de 2024 se han recibido 385.000 requerimientos de información de organismos como la UCO, los tribunales o la fiscalía sobre cuestiones de blanqueo y financiación del terrorismo, solicitando información de cerca de un millón de personas, para dar la dimensión de la relevancia de esta base de datos cuya fiabilidad se resentirá si se apruebe la reforma.La actualidad, además, ha querido poner el asunto aún más en el foco, ya que esa base de datos es la que ha sido utilizada por los investigadores de algunos de los casos de corrupción que están copando las portados de los periódicos de las últimas semanas, como el caso mascarillas o el caso Plus Ultra que ha desembocado en la imputación del ex presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero .«Relevante en la investigación de delitos económicos»El informe del Consejo General del Poder Judicial recuerda que «toda la información relevante del documento público se registra en el Índice Único Informatizado del Consejo General del Notariado, que constituye una base de datos a la que podrán acceder los poderes y administraciones públicas» y que este índice constituye «una medida relevante en la investigación judicial de delitos de carácter económico».Recalca, igualmente, que la eliminación del control previo que realizan los notarios de las operaciones de transmisión de participaciones sociales y su sustitución por un mero control registral supone «un alcance e intensidad distinto al control presencial en sede notarial». Y recuerda que «la eficacia del sistema vigente en cuanto al control de operaciones en el marco de la lucha contra el fraude y el blanqueo ha sido puesta de manifiesto en el Informe de Evaluación Mutua del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en el que el control notarial de las operaciones de transmisión de participaciones sociales y su registro en el Índice único constituye una medida de eficacia substancial y un ejemplo de buena práctica».La reforma que pretende el Gobierno debilitaría la base de datos que ha sido clave en investigaciones como la que ha terminado en la imputación del ex presidente ZapateroA la luz de todos estos argumentos, el gobierno de los jueces entiende que el Gobierno debería replantearse la suspensión de la obligatoriedad de la escritura pública en ese tipo de operaciones, sin perjuicio, dice, de que se dé valor probatorio al registro electrónico de los documentos privados, pero siempre permitiendo su convivencia con el sistema de control notarial actual, vigente sin interrupción desde el año 1953.Un control reforzado en peligroEl CGPJ coincide con los notarios en el valor reforzado de la escritura pública a la hora de controlar la transmisión de participaciones societarias. En su informe valora que el trámite presencial permite al notario acreditar la identidad de los contratantes, su capacidad real para realizar la transmisión, su legitimidad a la hora de representar los intereses en juego, la efectividad del consentimiento de la operación, la constatación de los medios de pago utilizados y, al cabo, la legalidad misma de la operación, toda una serie de factores que según el Consejo General del Notariado se perderían de sustituir este trámite por el mero registro electrónico.Los jueces entienden que el sistema que se plantea tiene «un alcance e intensidad distintos» al del control notarialLos notarios ya advirtieron en una reciente jornada que la flexibilización de ese control previo también podría tener consecuencias sobre la calidad de la información. Consideran que la transmisión digital mediante firma electrónica de las operaciones rompe el control presencial que ejercen los notarios y abre la puerta a que se repliquen en España situaciones que se dan en otros países con bases de datos registrales, donde el 2% de las sociedades están inscritas con Supermán como titular principal.«Constituir una identidad digital falsa es sorprendentemente fácil», ha advertido el director de la base de datos notarial, «y si se aprueba la ley van a florecer situaciones como titularidades de sociedades en base a personas ya fallecidas». Otro de los ponentes ha advertido del riesgo de que surja una especie de mercado negro de titulares societarios al dar preferencia a los contratos privados en las transmisiones de participaciones sobre la escritura pública. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha solicitado de manera expresa al Gobierno que reconsidere la propuesta de reforma legal que elimina la obligación de registrar en escritura pública y ante notario las transmisiones de participaciones en las empresas para no erosionar la eficacia del actual sistema de control sobre delitos económicos .El informe preceptivo del órgano de los jueces sobre la Ley Orgánica de Integridad Pública, que se acaba de hacer público, advierte al Ejecutivo que «la supresión de la exigencia de documento público y su sustitución por documento privado firmado electrónico, inscribible en una sección especial Registro Mercantil, debería ser reconsiderada », a la luz de su larga tradición en el ordenamiento jurídico español y, singularmente, de la «valoración positiva» que ese sistema tiene para el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el organismo multilateral encargado de promover estrategias y acciones contra el lavado de dinero o la financiación del terrorismo.La disposición en cuestión, que básicamente elimina la obligación de que las transmisiones de participaciones en sociedades tengan que hacerse ante notario e instaura un nuevo sistema de registro por vía electrónica, ha levantado una fenomenal polvareda, especialmente entre los notarios, que han advertido del riesgo de la maniobra para el sostenimiento del actual sistema de control de los fraudes económicos y el blanqueo de capitales. Argumentan que una eventual aprobación bloquearía el flujo de entrada de información hacia el Índice Único Informatizado del Consejo General del Notariado, la base de datos sobre los titulares reales de las sociedades constituidas en España que utilizan órganos como la Fiscalía, la UCO, la UDEF o la Agencia Tributaria en sus investigaciones sobre delitos económicos, y afectaría de manera inexorable a la fiabilidad de la información que se maneja en esas investigaciones.Noticia relacionada general No No Rebelión de los notarios contra una ley del Gobierno por abrir las puertas al blanqueo Bruno PérezEn una jornada organizada por la Fundación Notariado, el director de la base de datos del Consejo del Notariado ha recordado que desde el 1 de enero de 2024 se han recibido 385.000 requerimientos de información de organismos como la UCO, los tribunales o la fiscalía sobre cuestiones de blanqueo y financiación del terrorismo, solicitando información de cerca de un millón de personas, para dar la dimensión de la relevancia de esta base de datos cuya fiabilidad se resentirá si se apruebe la reforma.La actualidad, además, ha querido poner el asunto aún más en el foco, ya que esa base de datos es la que ha sido utilizada por los investigadores de algunos de los casos de corrupción que están copando las portados de los periódicos de las últimas semanas, como el caso mascarillas o el caso Plus Ultra que ha desembocado en la imputación del ex presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero .«Relevante en la investigación de delitos económicos»El informe del Consejo General del Poder Judicial recuerda que «toda la información relevante del documento público se registra en el Índice Único Informatizado del Consejo General del Notariado, que constituye una base de datos a la que podrán acceder los poderes y administraciones públicas» y que este índice constituye «una medida relevante en la investigación judicial de delitos de carácter económico».Recalca, igualmente, que la eliminación del control previo que realizan los notarios de las operaciones de transmisión de participaciones sociales y su sustitución por un mero control registral supone «un alcance e intensidad distinto al control presencial en sede notarial». Y recuerda que «la eficacia del sistema vigente en cuanto al control de operaciones en el marco de la lucha contra el fraude y el blanqueo ha sido puesta de manifiesto en el Informe de Evaluación Mutua del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en el que el control notarial de las operaciones de transmisión de participaciones sociales y su registro en el Índice único constituye una medida de eficacia substancial y un ejemplo de buena práctica».La reforma que pretende el Gobierno debilitaría la base de datos que ha sido clave en investigaciones como la que ha terminado en la imputación del ex presidente ZapateroA la luz de todos estos argumentos, el gobierno de los jueces entiende que el Gobierno debería replantearse la suspensión de la obligatoriedad de la escritura pública en ese tipo de operaciones, sin perjuicio, dice, de que se dé valor probatorio al registro electrónico de los documentos privados, pero siempre permitiendo su convivencia con el sistema de control notarial actual, vigente sin interrupción desde el año 1953.Un control reforzado en peligroEl CGPJ coincide con los notarios en el valor reforzado de la escritura pública a la hora de controlar la transmisión de participaciones societarias. En su informe valora que el trámite presencial permite al notario acreditar la identidad de los contratantes, su capacidad real para realizar la transmisión, su legitimidad a la hora de representar los intereses en juego, la efectividad del consentimiento de la operación, la constatación de los medios de pago utilizados y, al cabo, la legalidad misma de la operación, toda una serie de factores que según el Consejo General del Notariado se perderían de sustituir este trámite por el mero registro electrónico.Los jueces entienden que el sistema que se plantea tiene «un alcance e intensidad distintos» al del control notarialLos notarios ya advirtieron en una reciente jornada que la flexibilización de ese control previo también podría tener consecuencias sobre la calidad de la información. Consideran que la transmisión digital mediante firma electrónica de las operaciones rompe el control presencial que ejercen los notarios y abre la puerta a que se repliquen en España situaciones que se dan en otros países con bases de datos registrales, donde el 2% de las sociedades están inscritas con Supermán como titular principal.«Constituir una identidad digital falsa es sorprendentemente fácil», ha advertido el director de la base de datos notarial, «y si se aprueba la ley van a florecer situaciones como titularidades de sociedades en base a personas ya fallecidas». Otro de los ponentes ha advertido del riesgo de que surja una especie de mercado negro de titulares societarios al dar preferencia a los contratos privados en las transmisiones de participaciones sobre la escritura pública.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha solicitado de manera expresa al Gobierno que reconsidere la propuesta de reforma legal que elimina la obligación de registrar en escritura pública y ante notario las transmisiones de participaciones en las empresas para no erosionar la … eficacia del actual sistema de control sobre delitos económicos.
El informe preceptivo del órgano de los jueces sobre la Ley Orgánica de Integridad Pública, que se acaba de hacer público, advierte al Ejecutivo que «la supresión de la exigencia de documento público y su sustitución por documento privado firmado electrónico, inscribible en una sección especial Registro Mercantil, debería ser reconsiderada», a la luz de su larga tradición en el ordenamiento jurídico español y, singularmente, de la «valoración positiva» que ese sistema tiene para el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el organismo multilateral encargado de promover estrategias y acciones contra el lavado de dinero o la financiación del terrorismo.
La disposición en cuestión, que básicamente elimina la obligación de que las transmisiones de participaciones en sociedades tengan que hacerse ante notario e instaura un nuevo sistema de registro por vía electrónica, ha levantado una fenomenal polvareda, especialmente entre los notarios, que han advertido del riesgo de la maniobra para el sostenimiento del actual sistema de control de los fraudes económicos y el blanqueo de capitales. Argumentan que una eventual aprobación bloquearía el flujo de entrada de información hacia el Índice Único Informatizado del Consejo General del Notariado, la base de datos sobre los titulares reales de las sociedades constituidas en España que utilizan órganos como la Fiscalía, la UCO, la UDEF o la Agencia Tributaria en sus investigaciones sobre delitos económicos, y afectaría de manera inexorable a la fiabilidad de la información que se maneja en esas investigaciones.
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En una jornada organizada por la Fundación Notariado, el director de la base de datos del Consejo del Notariado ha recordado que desde el 1 de enero de 2024 se han recibido 385.000 requerimientos de información de organismos como la UCO, los tribunales o la fiscalía sobre cuestiones de blanqueo y financiación del terrorismo, solicitando información de cerca de un millón de personas, para dar la dimensión de la relevancia de esta base de datos cuya fiabilidad se resentirá si se apruebe la reforma.
La actualidad, además, ha querido poner el asunto aún más en el foco, ya que esa base de datos es la que ha sido utilizada por los investigadores de algunos de los casos de corrupción que están copando las portados de los periódicos de las últimas semanas, como el caso mascarillas o el caso Plus Ultra que ha desembocado en la imputación del ex presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero.
«Relevante en la investigación de delitos económicos»
El informe del Consejo General del Poder Judicial recuerda que «toda la información relevante del documento público se registra en el Índice Único Informatizado del Consejo General del Notariado, que constituye una base de datos a la que podrán acceder los poderes y administraciones públicas» y que este índice constituye «una medida relevante en la investigación judicial de delitos de carácter económico».
Recalca, igualmente, que la eliminación del control previo que realizan los notarios de las operaciones de transmisión de participaciones sociales y su sustitución por un mero control registral supone «un alcance e intensidad distinto al control presencial en sede notarial». Y recuerda que «la eficacia del sistema vigente en cuanto al control de operaciones en el marco de la lucha contra el fraude y el blanqueo ha sido puesta de manifiesto en el Informe de Evaluación Mutua del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en el que el control notarial de las operaciones de transmisión de participaciones sociales y su registro en el Índice único constituye una medida de eficacia substancial y un ejemplo de buena práctica».
La reforma que pretende el Gobierno debilitaría la base de datos que ha sido clave en investigaciones como la que ha terminado en la imputación del ex presidente Zapatero
A la luz de todos estos argumentos, el gobierno de los jueces entiende que el Gobierno debería replantearse la suspensión de la obligatoriedad de la escritura pública en ese tipo de operaciones, sin perjuicio, dice, de que se dé valor probatorio al registro electrónico de los documentos privados, pero siempre permitiendo su convivencia con el sistema de control notarial actual, vigente sin interrupción desde el año 1953.
Un control reforzado en peligro
El CGPJ coincide con los notarios en el valor reforzado de la escritura pública a la hora de controlar la transmisión de participaciones societarias. En su informe valora que el trámite presencial permite al notario acreditar la identidad de los contratantes, su capacidad real para realizar la transmisión, su legitimidad a la hora de representar los intereses en juego, la efectividad del consentimiento de la operación, la constatación de los medios de pago utilizados y, al cabo, la legalidad misma de la operación, toda una serie de factores que según el Consejo General del Notariado se perderían de sustituir este trámite por el mero registro electrónico.
Los jueces entienden que el sistema que se plantea tiene «un alcance e intensidad distintos» al del control notarial
Los notarios ya advirtieron en una reciente jornada que la flexibilización de ese control previo también podría tener consecuencias sobre la calidad de la información. Consideran que la transmisión digital mediante firma electrónica de las operaciones rompe el control presencial que ejercen los notarios y abre la puerta a que se repliquen en España situaciones que se dan en otros países con bases de datos registrales, donde el 2% de las sociedades están inscritas con Supermán como titular principal.
«Constituir una identidad digital falsa es sorprendentemente fácil», ha advertido el director de la base de datos notarial, «y si se aprueba la ley van a florecer situaciones como titularidades de sociedades en base a personas ya fallecidas». Otro de los ponentes ha advertido del riesgo de que surja una especie de mercado negro de titulares societarios al dar preferencia a los contratos privados en las transmisiones de participaciones sobre la escritura pública.
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